Legislación sobre el aborto

El CERMI pide suprimir cualquier referencia a la discapacidad en la ley del aborto

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad pide suprimir la distinción de plazos dentro del cual se permite abortar por motivos de discapacidad.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha subrayado que ni la legislación de 1985 ni la de 2010 en materia de aborto son compatibles con los derechos de las personas con discapacidad, de acuerdo a la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, impulsada por la ONU y de la que forma parte España.


Además, ha recordado el aviso que el Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas hizo a España tras la evaluación que realizó en 2011, en el que indicaba que en la 'Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo' "debía suprimirse la distinción en cuanto al plazo dentro del cual se permite que se interrumpa un embarazo por motivos de discapacidad exclusivamente".


En la misma línea la asociación de personas con discapacidad ha reclamado que se "suprima cualquier referencia a la discapacidad en la regulación sustantiva del aborto", dado que, a su juicio, "no es, de por sí, un hecho relevante a estos efectos".


"No cabe dar un trato desigual, y menos favorable, en ningún ámbito normativo, incluida la interrupción del embarazo, por razón de discapacidad, ya que supondría una vulneración de los derechos de estas personas", asegura.


Por ello ha pedido que, "ante la anunciada reforma de la legislación española", el nuevo texto "se atenga estrictamente a los principios, valores y mandatos de la Convención de Naciones Unidas". En este sentido, ha recordado que el acuerdo internacional impone "obligaciones jurídicas claras a los Estados" que "deben ser observadas fielmente".