EDUCACIÓN

Condenan a Polonia por no dar alternativa a Religión

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó ayer a Polonia por no ofrecer a un alumno la posibilidad de estudiar Ética como alternativa a la clase de Religión y dejar en blanco la casilla del boletín de notas. En la sentencia, el Tribunal de Estrasburgo dictaminó que Polonia violó el artículo 14 (Prohibición de la discriminación) y el 9 (Libertad de pensamiento, conciencia y religión) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Los padres de Mateusz Grzelak, nacido en 2001 y residente en Sobótka, se quejaron del "acoso y discriminación" que había sufrido su hijo por no asistir a clase de Religión y tener en blanco la casilla de notas de la asignatura Religión/Ética. Declarados como agnósticos, los Grzelak entendían que la no habilitación de la clase de Ética para el único alumno que no había optado por Religión en su curso de la Escuela de Primaria suponía una discriminación. En su demanda, incidieron en que había sido ridiculizado por sus propios compañeros por el hecho de no asistir a clase de Religión y tener en blanco la nota de la asignatura.