BANCA

Los Estados deberán devolver el dinero al cliente en 7 días si un banco quiebra

La Comisión Europea planteó este lunes a los Estados miembros la consolidación de las garantías que fueron aprobadas con carácter provisional en 2008 para los tenedores de cuentas bancarias, ante la eventualidad de una quiebra del establecimiento.

Dichas garantías provisionales aumentaron hasta 100.000 euros la suma plenamente cubierta por el compromiso de reembolso en caso de quiebra de la institución, desde los 50.000 en los que se encontraba.

La Comisión quiere que esa cantidad de 100.000 euros tenga carácter permanente, y que los clientes de la institución en quiebra los perciban en 7 días como máximo, frente a las semanas, cuando no meses, que esos cobros podrían demorarse si la quiebra tuviera lugar actualmente.

Visto bueno

La propuesta comunitaria, que deberá recibir el visto bueno de los Estados miembros, concierne a todos los establecimientos bancarios y excluye de su ámbito de aplicación los depósitos de establecimientos financieros y de entidades públicas, a los productos de inversión estructurados y a los certificados de deuda.

Simultáneamente, la Comisión ha propuesto también un refuerzo de la cobertura ofrecida a los inversores, ante los casos de fraude, negligencia o errores de las agencias de inversión con las que trabajen. La Comisión propone aumentar hasta 50.000 euros por inversor las indemnizaciones garantizadas, desde los 20.000 en los que se encuentran.

El caso de los tomadores de seguros va a ser objeto estos próximos meses de un procedimiento de consulta para definir, más adelante, nuevos esquemas de garantía para los clientes.

En el caso de los depósitos bancarios, la Comisión pretende dar término a la garantía ilimitada que ofrecen Alemania y Austria a sus clientes, por juzgarla distorsionadora.