ENDESA

La UE ratifica la decisión de declarar "ilegales" varias condiciones de la opa de Enel sobre Endesa

España ha perdido en el Tribunal de Primera Instancia de la UE su recurso para que se suspendiera la decisión de la Comisión Europea de declarar "ilegales" varias de las condiciones a la opa de Enel y Acciona sobre Endesa.


El recurso español, presentado en marzo pasado, pedía la suspensión de la aplicación de esa decisión de la CE hasta que haya una sentencia sobre el fondo del asunto.


El presidente del Tribunal de Primera Instancia, Marc Jaeger, señaló en un auto que "España no ha aportado indicios concretos que puedan acreditar que la realización de un perjuicio grave e irreparable". Además, Jaeger considera que "no se cumple el requisito relativo a la urgencia", por lo que "la ponderación de los intereses se inclina a favor de no suspender la ejecución de la Decisión impugnada", según el texto del auto, emitido el pasado 30 de abril y divulgado hoy.


El portavoz de Competencia en la CE, Jonathan Todd, señaló que, tras esta decisión, el Ejecutivo comunitario "está reflexionando sobre los próximos pasos a dar".


La CE abrió un procedimiento a España en enero pasado por este caso y congeló la continuación del expediente hasta la decisión del Tribunal de Primera Instancia.


Sin embargo, Todd declinó precisar si esa reflexión en el Ejecutivo comunitario implica que enviará a España un dictámen motivado, el segundo paso en el procedimiento de infracción, previo a la denuncia ante el Tribunal de Justicia de la UE.


La Comisión Europea determinó el pasado 5 de diciembre que algunas de las condiciones impuestas por las autoridades españolas a la opa de Acciona y Enel sobre Endesa eran ilegales, por lo que pidió su retirada.


Entre las medidas que Bruselas considera ilegales figuran: mantener Endesa como compañía independiente, incluida la marca, y sus centros de decisión en España; limitar la política de distribución de dividendos, así como el coeficiente de servicio de la deuda de Endesa; obligar a la adquisición de carbón nacional para sus centros de generación y conservar dentro del grupo Endesa los activos no peninsulares.


Tras la decisión española de no retirar esas medidas, el Ejecutivo comunitario inició en enero pasado un procedimiento de infracción.


Según el Reglamento europeo de concentraciones, la Comisión tiene competencia exclusiva sobre estas fusiones y los Estados miembros sólo pueden prohibirlas o condicionarlas para proteger intereses distintos a la competencia.


La seguridad pública, la pluralidad de los medios y las reglas prudenciales son los únicos intereses considerados legítimos por Bruselas e incluso en esos casos las medidas deben ser proporcionadas y compatibles con las leyes europeas.


El Gobierno español argumentaba que, con sus restricciones, primero a E.ON y luego a Enel y Acciona, su único objetivo es garantizar la seguridad energética nacional.