CAJAS DE AHORROS

La ley de cajas aragonesa incluye un nuevo grupo en las Asambleas de las entidades

Representantes de intereses colectivos entrarán en sus órganos de gobierno, según aprobó ayer el Ejecutivo autónomo.

Alberto Larraz, consejero de Economía del Gobierno de Aragón.
La ley de cajas aragonesa incluye un nuevo grupo en las Asambleas de las entidades
ESTHER CASAS

El Gobierno de Aragón dio ayer el visto bueno al anteproyecto de ley por el que se modifica la norma que regula las cajas de ahorros en la comunidad. Tal y como estaba previsto, la ley traslada a su articulado fielmente la Lorca (Ley de Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros), que fue aprobada en julio. Fuera de esto, ni incluye grandes modificaciones ni va más allá de lo fijado en la Lorca.


Dos son los aspectos más novedosos del anteproyecto de ley aragonés: la incorporación de un nuevo grupo en las Asambleas Generales de las entidades de ahorro y la potestad que se le da al Gobierno regional de autorizar (o rechazar) un SIP (Sistema Institucional de Protección) o fusión 'fría' en el que participen las cajas del territorio.


Autorización para los SIP

La primera de las novedades, que estaba también recogida en la Lorca, hace referencia a la obligación de que las cajas aragonesas incluyan en sus Asambleas a representantes de entidades que defiendan intereses colectivos. Hasta ahora, en las Asambleas de las cajas de ahorros estaban representados cinco grupos: las corporaciones locales (que designaban al 21% de los miembros), la comunidad autónoma (con otro 21% de los miembros), los impositores (el 41%), la entidad fundadora (el 10%) y los trabajadores (el 7% restante).


Con la incorporación de este sexto grupo (y la reducción del peso conjunto que la Lorca atribuye a las administraciones públicas, que pasa del 50% al 40%) se deberá producir un reajuste del peso de todos los grupos en las Asambleas. Fuentes del Departamento aragonés de Economía avanzaron ayer que la nueva ley fijará un porcentaje del 20% para las corporaciones locales, otro 20% para la comunidad, el 40% para los impositores, el 9% para la entidad fundadora y el 6% para los trabajadores. De esta forma, queda otro 5% para el nuevo grupo.


Sobre el detalle de qué entidades representativas de intereses colectivos podrán acceder a las Asambleas, las mismas fuentes explicaron que el artículo de la ley quedará redactado de manera amplia para que sean las propias cajas quienes definan el perfil de estas entidades. En principio, deben cumplir con los requisitos de no pertenecer al sector público, ser representativas y defender intereses colectivos (un abanico en el que pueden caben desde los sindicatos, fundaciones, asociaciones de todo tipo, organizaciones profesionales, ONG...).


En cuanto a la autorización previa de las fusiones 'frías' o 'virtuales', la norma aragonesa recoge "la necesidad de que la participación de una caja con domicilio social en Aragón en un SIP o el paso para ejercer su actividad de manera indirecta sea autorizada previamente por el consejero competente en materia de cajas de ahorros y que se incorporen en los estatutos las condiciones básicas de dicha participación, dada la necesidad de vigilar que dichos cambios se ajusten o no supongan infracción alguna de las disposiciones cuyo control y supervisión corresponde llevar a cabo a la comunidad autónoma en ejercicio de sus competencias". Hasta ahora, las comunidades se pronunciaban (autorizando o vetando) las fusiones tradicionales en las que participaban las cajas de sus territorios, pero no se decía nada de los SIP porque son una fórmula muy reciente.


Ahora, todas las comunidades que han reformado sus respectivas leyes de cajas han incluido esta facultad para poder tener cierto control sobre un tipo de unión que está siendo preferentemente utilizada por las cajas en la reestructuración financiera que se está llevando acabo.