JUZGADOS

El TSJA obliga a la patronal de pompas fúnebres a cumplir los acuerdos

La sentencia de este tribunal del 30 de septiembre da la razón a UGT y CC. OO. en la demanda interpuesta por vulnerar el pacto suscrito en 2008.

Aunque han tenido que esperar más de dos años para conseguirlo, los trabajadores del sector de pompas fúnebres de Aragón parece que por fin van a tener un convenio colectivo que fije sus incrementos salariales, categorías profesionales y jornadas. Cuando parecía que ya estaba acordado, entre la patronal y los sindicatos, porque así lo suscribieron ambas partes en un acuerdo alcanzado en el SAMA el 12 de junio de 2008 - y que permitió poner fin a una serie de paros parciales en la primavera de ese año-, la patronal se desdijo del acuerdo suscrito alegando que se había equivocado. Para denunciar este incumplimiento la Federación de Servicios de UGT y la de Actividades Diversas de CC. OO. interpusieron una demanda ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que en sentencia del pasado 30 de septiembre les da la razón.

El fallo reconoce que "la huelga se desconvoca porque las partes llegan a un acuerdo sobre retribuciones, aplicable desde el año 2008, que se incorporará al I convenio colectivo. La no elaboración de éste, por no llegar a un acuerdo las partes sobre otros conceptos salariales, el plus de disponibilidad y su inclusión en el salario base, o sobre algún punto de clasificación profesional, no exime a la patronal del cumplimiento del acuerdo en los términos pactados y las fechas de vigencia acordadas". Además, el texto jurídico subraya que la postura de la patronal de "no aplicar lo acordado en cuanto a salario y fecha de vigencia, que sirvió para desconvocar la huelga, hasta tanto se llegue a un acuerdo pleno para firmar el convenio, implica una interpretación del pacto equivalente a su incumplimiento, siendo contraria a la buena fe".

Así pues, el fallo "condena a la Asociación Regional de Funerarias de Aragón (ARFA) a aplicar los acuerdos contenidos en el acta del 12 de junio de 2008". El texto señala además que contra la sentencia cabe recurso de casación.

Tanto UGT como CC. OO. se felicitaron por el contenido de esta sentencia y "esperan que sirva de forma definitiva para que los trabajadores del sector de pompas fúnebres en Aragón tengan un marco de relaciones laborales y no la pura imposición empresarial como norma de funcionamiento en ese aspecto". Además, fuentes de UGT adelantaron que para lograr la consecución del convenio colectivo y que la patronal lo firme, van a presentar ante el Juzgado toda una batería de reclamaciones individuales de trabajadores para exigir que se hagan efectivas las condiciones pactadas en junio de 2008.