El Supremo avala que las empresas obliguen a sus trabajadores a fichar cuando salen a fumar o al café

Hasta el 2019, salir a desayunar, a fumar o al café se integraban en la jornada laboral y no se fichaba ni se descontaba.

Cafetería en Madrid.
Personas en una cafería.
Archivo

El Tribunal Supremo ha rechazado un recurso de casación presentado por CC. OO. contra las gasolineras Galp y ha avalado así que las empresas obliguen a sus trabajadores a fichar cuando salen a fumar o a tomar café, según consta en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

El sindicato ya presentó en 2019 en la Audiencia Nacional una demanda contra la compañía en la que pedía que se declarara nulo el cómputo de fichajes de incidencia sobre ausencia para fumar, tomar café o desayunar, que hasta ese momento se integraban en la jornada laboral y no se fichaba ni se descontaba.

En esa primera demanda, CC. OO. también exigía la nulidad de que las horas extraordinarias dependieran de autorización previa por parte del responsable directo y el nuevo cómputo de jornada establecido por Galp, con la contabilización de los viajes de trabajo como jornada normal.

La Audiencia Nacional rechazó entonces esa demanda y ahora vuelve a hacerlo el Supremo con este recurso de casación. El Supremo ha confirmado la sentencia de 2019 de la Audiencia Nacional.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión