ECONOMÍA

Así afecta a la plusvalía municipal el último cambio del Gobierno

El proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado incluye una modificación a la que pueden acogerse los ayuntamientos si quieren subir el impuesto y que perjudica más a algunos contribuyentes.

Servicio de recaudación de tributos del Ayuntamiento de Zaragoza
Servicio de recaudación de tributos del Ayuntamiento de Zaragoza
José Miguel Marco

El proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) incluye novedades para la llamada plusvalía municipal, el Impuesto del Incremento Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.  El Gobierno da la posibilidad de subir el tributo hasta el 50% en algunos casos, siempre que lo decidan así los ayuntamientos, que son los que lo recaudan. El impacto no sería igual para todos los contribuyentes que vendan o hereden una vivienda.

Hace un año se aprobó un nuevo método de cálculo porque el Tribunal Constitucional declaró nulo el que existía para este tributo que grava ganancias por la venta de un piso o al recibirlo en herencia. Un aluvión de contribuyentes reclamaron la devolución de lo que pagaron indebidamente porque se dieron casos en los que hubo que abonar el impuesto incluso cuando su vivienda había perdido valor, debido a que arrastraban los efectos de la crisis inmobiliaria de 2007.

Los despachos de abogados que llevan reclamaciones de afectados calculan que en el caso del Ayuntamiento de Zaragoza, Gestión Tributaria está resolviendo en este momento las reclamaciones que se presentaron en 2018. Actualmente, los contribuyentes que recurrieron van recibiendo resoluciones "el 99% favorables", afirma el abogado zaragozano Santiago Palazón, con el citado retraso de cuatro años. 

Javier Moreno, socio del despacho JYM Abogados, señala que lo que se permite modificar ahora son los coeficientes que se aplican en una de las dos vías que recoge el nuevo sistema de cálculo para saber cuánto se tiene que pagar por el impuesto. La otra es la diferencia del valor del piso entre la fecha de compra y la de venta. "Se puede elegir la más beneficiosa. Hay que hacer el cálculo de las dos y se coge la que supone menos tributación", señala.

"El Gobierno habilita que se pueda subir el impuesto pero deja en manos de cada ayuntamiento que decida si lo sube o no"

"Ahora lo que ha hecho el Gobierno es decir que modifica al alza los coeficientes con un incremento de hasta el 50%", explica Palazón. Esta decisión, que permitiría recaudar más a los consistorios, que son los que cobran el tributo, es opcional. 

Las operaciones más perjudicadas fiscalmente

Moreno señala qué contribuyentes se verán más perjudicados si el ayuntamiento donde tengan que tributar aplica los nuevos coeficientes. "El caso más significativo es un piso que tiene 8 años de antigüedad (2014) porque el coeficiente que está en vigor es un 0,10% y el que se aplicará de entrar en vigor es un 0,15%", apunta. Esto supone el incremento máximo del 50% anunciado. "El que tuviera que pagar 5.000 euros pagaría 7.500", estima. En situación similar se encuentran quienes vendan pisos en un plazo de siete años, cuando el coeficiente sube del 0,12 al 0,18% o a nueve, que pasa del 0,09 al 0,12. El menor coste sigue siendo para quienes firman la compraventa pasados 20 años, ya que queda en un 0,45%. En cualquier caso, "hay algunos coeficientes que mejoran y otros que empeoran", añade, por lo que habrá que analizar operación por operación.

Palazón explica que con estos coeficientes la ley siempre ha buscado "penalizar las operaciones especulativas", es decir, las que se llevan a cabo con pocos años de diferencia. Así, el coeficiente es del 0,15% si solo ha pasado un año desde la compra a la venta, con el límite de 20 años o más, que fija un 0,45%. "De esa manera las transmisiones que pudieran parecer especulativas pagaban más", señala.

"Será muy difícil que este año ningún ayuntamiento toque los coeficientes en 2023"

Moreno recuerda que de salir adelante el nuevo cuadro de coeficientes serían considerados "máximos", de forma que "cada ayuntamiento puede aplicarlos o no" y fijar el porcentaje. "El Gobierno habilita que se pueda subir el impuesto pero deja en manos de cada ayuntamiento que decida si lo sube o no", recalca. "Será muy difícil que este año ningún ayuntamiento toque los coeficientes en 2023", considera Palazón, pensando en que el que viene es año electoral, de comicios municipales y autonómicos.

El abogado mantiene que fue una "chapuza jurídica" aprobar el nuevo método de cálculo vía decreto y cree que puede terminar siendo inconstitucional por modificar con él una ley (la de las Haciendas Locales) y no estar justificada la "urgente necesidad" que permite legislar al Gobierno.

Palazón cree que incluso queda un vía para reclamar a aquellos que lo hicieron antes del cambio del sistema de cálculo y obtuvieron una sentencia que no les dio la razón. "Los que aparentemente el pasado 26 octubre se alegraron, pero vieron que no podían hacer nada, aun con sentencia firme el Supremo ha dicho que pueden volver a recurrir porque tendría distinto fundamento jurídico", argumenta.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión