Impuestos

Europa considera ilegales las multas del fisco por no declarar bienes en el extranjero

Hacienda trabaja ya para modificar la norma aprobada bajo el Gobierno del PP con la previsión de tener que devolver un máximo de 230 millones.

La recaudación cierra 2021 con un récord de 223.382 millones, un 15,1 % más
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, este jueves en Madrid.
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El Ministerio de Hacienda ya trabaja para corregir el modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero que el jueves recibió un duro varapalo del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), al considerar que la norma es contraria al derecho comunitario por sus sanciones "desproporcionadas".

La ministra María Jesús Montero se ha comprometido a modificar el texto antes de que termine el trimestre recordando a los contribuyentes que la obligación de presentar la información sobre esos bienes foráneos continúa vigente hasta el 31 de marzo. En realidad, lo que queda invalidado son las sanciones que, según la Justicia europea, establecen "cuantía fijas muy elevadas" con importes mínimos que, dependiendo del caso, podían ser de 1.500 euros o de 10.000, "con un importe total que no está limitado".

En muchos casos, y siempre según la sentencia, el importe total de lo adeudado superaba el 100% del valor de los bienes en el extranjero. Cabe recordar que este modelo entró en vigor en 2012 con el Gobierno del PP y que en los últimos tres años no se han aplicado las sanciones. Es decir, las que quedarían impugnadas serían las anteriores a 2019.

Aunque habrá que estudiar caso por caso, Hacienda estima así que el riesgo de devoluciones al que se enfrenta se acercará a los 230 millones. Una cifra que el ministerio considera asumible teniendo en cuenta que, según datos de la Agencia Tributaria, actualmente existen 60.000 contribuyentes que presentan este modelo. Un modelo que desde su aplicación ha permitido aflorar 223.000 millones de euros en total.

Según explicó la ministra, los cambios para suavizar la norma se desarrollarán a través de alguno de los proyectos legislativos que ya se tramitan en el Congreso de los Diputados (no mediante real decreto-ley).

Sentencia cuestionada

El TJUE recoge en su sentencia el "carácter extremadamente represivo" de las sanciones y explica que "que su acumulación con las multas de cuantía fija previstas adicionalmente puede dar lugar, en muchos casos, a que el importe total de las cantidades adeudadas por el contribuyente supere el 100% del valor de sus bienes o derechos en el extranjero".

Así, considera que se está vulnerando "la exigencia fundamental de seguridad jurídica" considerando que "el legislador español ha ido más allá de lo necesario para garantizar la eficacia de los controles fiscales y lucha contra el fraude y la evasión fiscales".

La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) considera loable que se eliminen los obstáculos a la libre circulación de capitales en la Unión Europea. Sin embargo, denuncian que no se haga ninguna diferenciación en función de los países en los que se encuentren situados los bienes.

En concreto, se refieren a los casos de países que tengan la consideración de paraísos fiscales o con los que no exista un efectivo intercambio de información. En estos supuestos, IHE señala que no parece desproporcionada una medida como el modelo 720, por lo que "no debería computar dicha prescripción, al no disponer el acreedor, en este caso la Administración Tributaria, de los elementos necesarios para exigir su derecho".

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