AGRICULTURA

¿Debe estar dado de alta como autónomo un agricultor eventual?

La legislación dice que deben hacerlo las personas físicas que realicen una actividad de forma habitual, pero el ministerio de Trabajo está reclamando a algunas personas, que aseguran hacer esta labor de forma eventual y que declararon haber ingresado más de 7.500 euros por la venta de productos agrarios, que coticen por ejercicios pasados.

Sede de la Seguridad Social en Zaragoza.
Sede de la Seguridad Social en Zaragoza.
Heraldo.es

¿Cuándo debe darse de alta como autónoma una persona? Esa es la pregunta a la que muchos no saben responder, pues la legislación establece que deben hacerlo aquellas “personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. Esta actividad autónoma o por cuenta propia podrá realizarse a tiempo completo o a tiempo parcial”. El hecho de que esta definición incluya la palabra ‘habitual’ hace que su interpretación resulte ambigua y muchos se cuestionen si al recibir un ingreso de una actividad eventual deben estar dados de alta como autónomos.

Un ejemplo son aquellos que viven de otros ingresos, pero que unas semanas al año desarrollan su actividad como agricultores. Hasta ahora estos declaraban estos ingresos complementarios en su declaración de la renta, pero ahora el ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (Mitramiss), como ha asegurado la Asociación Agraria de Galicia (Asaga), está reclamando a algunos, que declararon ingresos por la venta de productos agrícolas, como, por ejemplo, la uva o las hortalizas, que coticen por estos ejercicios pasados. Una decisión que al sector no ha agradado, dado que esta venta ya se está declarando por lo que “no solo no hay intención de ocultarlo, sino que además hay voluntad de pagar impuestos”, explica Fernando Luna, presidente de la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (Asaja) en Huesca.

En Aragón, estas ventas puntuales se suelen llevar a cabo por jubilados que buscan un complemento a su jubilación, pero en este caso la ley los ampara, según anota José Manuel Cebollada, presidente de la Asaja en Teruel, ya que pueden compatibilizar las labores agrarias que tengan carácter esporádico y ocasional con la pensión de jubilación del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, sin estar obligados a cotizar por las prestaciones de las Seguridad Social, siempre y cuando los ingresos anuales no superen el salario mínimo interprofesional en el cómputo anual.  “Las cotizaciones de los agricultores han sido bajas y, por tanto, ahora las jubilaciones son bajas y buscan tener con estos ingresos un extra que las complemente”, anota Luna.

Esta reclamación por parte del ministerio, que por el momento no se tiene constancia de que haya afectado a algún aragonés, aunque sí puede haber personas en esta situación, se está aplicando, según han publicado medios de comunicación gallegos y asturianos, a todos aquellos que tuvieran ingresos superiores a 7.500 euros (corte establecido por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem)). “El obligar a estas personas a darse de alta como autónomos conllevaría a que estos dejarían esta actividad porque su ganancias serían mínimas o inexistentes”, apunta el presidente de Asaja Huesca, dado que estos ingresos solo reflejan la venta, pero no tienen en cuenta el gasto, por ejemplo, en productos fitosanitarios, combustible, maquinaria o fertilizantes.

Y el problema es el siguiente: “Estas tierras probablemente estarían abandonadas si no fuese por estos agricultores eventuales”, atestigua Luna, que se muestra cauto y anota que hay que analizar cada caso. El ejemplo de que estas zonas que ahora están cuidadas, pasarían a estar abandonadas, es el de un asturiano, al que el ministerio le ha reclamado que pague el autónomo, y que ha decidido arrancar sus manzanos en protesta a esta decisión, pues como se puede ver y oír en el vídeo que colgó en Facebook,  asegura que así no le salen las cuentas.

Pie de foto: La ley dice que un autónomo es aquella persona física que realiza de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo.  

 

 

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