Dónde invertir el 'Gordo'

El sorteo de la Lotería Nacional más popular del año reparte 322.000 euros por décimo (descontados impuestos) en el primer premio. Los expertos aconsejan pensar bien antes de decidir qué hacer con el dinero.

Imagen de archivo del sorteo de Navidad de 2012.
Imagen de archivo del sorteo de Navidad de 2012.
Toni Garriga/efe

Al protagonista del anuncio del sorteo de Navidad de la Lotería Nacional que se celebrará el día 22 le toca el primer premio una y otra vez. Uno de los sueños de quienes compran décimos estos días, pero que termina convertido en pesadilla. Para quienes reciban la visita de la diosa Fortuna la semana que viene, los expertos aconsejan tomarse un tiempo antes de empezar a gastar el dinero para evitar malas decisiones.

El ‘Gordo’ reparte un primer premio de 4 millones de euros a la serie, 400.0000 euros al décimo, que se quedan en 322.000 euros descontada la parte que se lleva Hacienda con el impuesto especial creado desde la crisis. Este año el Estado recaudará menos ya que se ha elevado el mínimo exento de 2.500 a 10.000 euros y la rebaja irá aumentando hasta 2020. En 2017 el Estado recaudó 465 millones de euros por este gravamen especial, según los datos recogidos por la asociación de Técnicos de Hacienda (Gestha). Y no parece que vaya a suprimirse pese a aprobarse de forma temporal en 2013.

"Recibir una (alta) cantidad de dinero inesperada siempre es una alegría, pero, en algunas ocasiones, con el paso del tiempo esa buena noticia puede darnos algún que otro quebradero de cabeza", advierten desde Abante Asesores. Recuerdan que el 70% de los premiados tiene mucho menos dinero cinco años después de haber ganado el premio, según un estudio de la asociación European Financial Planning Association (EFPA). Y ello debido a despilfarros o malas decisiones de inversión.

Si el premio es menor de 2.500 euros se puede cobrar en cualquier administración de Loterías. Si es superior hay que acudir a alguna entidad colaboradora. Los bancos son unos de las primeros en recibir algunos de los décimos premiados. Como este año el sorteo se celebra en sábado, los clientes que quieran ver su premio ingresado en su cuenta bancaria tendrán que esperar al lunes. Desde la banca se aconseja calma, y no tomar decisiones apresuradas. "Trasladamos serenidad. Las decisiones tienen que ser pensadas", apunta Pascual Sánchez, director de la Oficina Principal de Ibercaja en Zaragoza. Si el ganador busca asesoramiento "primero tenemos que hablar con él para conocerlo" para saber su grado de tolerancia al riesgo y "qué proyectos inmediatos tiene", entre otros datos.

Abante aconseja hacer un ejercicio de "planificación financiera" para pensar "cuáles son nuestros objetivos vitales y nuestras metas" y evitar errores.

A la hora de gestionar el dinero ganado en la Lotería hay que tener en cuenta los aspectos fiscales. Además del pago del impuesto especial que grava estos premios, que descuenta directamente Hacienda antes de cobrar el premio, este también puede tener su repercusión en otros tributos como el de Patrimonio y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En el caso del Impuesto sobre la Renta, "el premio sigue estando exento de tributación", recuerda Carlos Cruzado, presidente de Gestha. "Al no incluirse en la declaración de IRPF la obtención del premio, no se tiene en cuenta a la hora de la concesión de becas y subvenciones", añade M.ª Pilar Pinilla, economista y delegada de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) en Aragón. Pero puede que el cobro del dinero suponga estar obligado a hacer declaración del Impuesto sobre el Patrimonio.

Este último es un tributo cedido a las Comunidades Autónomas y en el caso de Aragón, el importe exento en Patrimonio es de 400.000 euros. Por ello, Pinilla recuerda que "si tiene otros bienes como cuentas bancarias, segundas viviendas, acciones etc., que superan los 78.000 euros, estará obligado a presentar declaración del Impuesto sobre Patrimonio y pagar por dicho concepto". Además, la asesora fiscal añade que en este gravamen la vivienda habitual está exenta, pero solo hasta un importe de 300.000 euros. El exceso sobre este importe tributa. Deberá incluir el importe neto del premio, 322.000 euros, o los bienes en los que lo haya reinvertido, en su declaración anual.

Si después de cobrar el dinero "queremos donar parte de nuestro premio a un familiar, debemos tener en cuenta que, si no podemos demostrar que el boleto es compartido, tendremos que tributar en algunas Comunidades Autónomas" según los límites de Sucesiones y Donaciones, añade Aedaf.

Por ello, los expertos aconsejan que si se piensa repartir el premio entre varias personas, por ejemplo, un padre entre sus hijos, se comunique al ir a cobrarlo. De esta forma, cada beneficiario recibirá su parte, a la que se descontará el impuesto especial de loterías y no habrá que hacer una donación posterior.

Décimos compartidos

Si se comparte un décimo entre varias personas "el importe exento se prorratea en función de los cotitulares del premio", apunta Pinilla. "Es aconsejable hacer constar en el momento del cobro todos los titulares del décimo premiado". Si el cobro del premio lo hace solamente uno de ellos "se considera como una simple mediación de pago y no tiene que retener a los otros premiados, pero sí que tiene que estar en disposición de acreditar, por cualquier medio de prueba admitido en derecho, la titularidad compartida del décimo a petición de la Administración Tributaria".

Si ha sido premiado con varios premios inferiores a 10.000 euros, todos están exentos de tributación, añade. La retención del 20% se aplica por cada décimo, por lo que "en el caso de tener participaciones de décimos premiados, hay que tener en cuenta el premio correspondiente al décimo", dice Pinilla. Así, pone como ejemplo que si tiene una participación de 5 euros de un décimo premiado por un total de 20.000 euros, por la que va a cobrar un importe bruto de 5.000 euros, se le aplicará la retención del 20% (puesto que el décimo es superior a 10.000 euros), por lo que cobrará 4.500 euros.

En el caso de que el premio lo cobre una empresa la retención sigue siendo del 20% "pero el premio tributa en el Impuesto de Sociedades", recuerda Gestha. "Debería ser un gravamen similar al de las personas físicas", pide Cruzado. Los técnicos de Hacienda aconsejan "no caer en al tentación de vender los décimos por una comisión sobre el premio" que se utiliza para el blanqueo de capitales. Además de poder ser acusado de cooperador en un delito de blanqueo, se puede ser sancionado por la Agencia Tributaria si detecta que ha habido un "incremento de patrimonio" que no está justificado con los ingresos.

Una vez cubiertas las obligaciones fiscales queda pendiente hacer cuentas sobre qué hacer con el dinero ganado. "La experiencia nos dice que los españoles, por lo general, somos muy conservadores", reconocen desde Abante. Desde Ibercaja plantean considerar la opción de destinarlo a ahorro pensando, por ejemplo, en productos que complementen la jubilación.

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