Por
  • Pedro Corvinos Baseca

La luz y sus impuestos

El precio de la electricidad se ha disparado en España.
El precio de la electricidad se ha disparado en España.
Rafael Gobantes

Noticia preocupante de estos está siendo el incremento del precio de la electricidad en el mercado mayorista y la repercusión que tiene en la factura que pagamos todos los consumidores. El incremento de la factura eléctrica afecta fundamentalmente a los consumidores vulnerables y a la competitividad de las empresas. Ante esta situación, la ministra del ramo se ha visto en la necesidad de improvisar una serie de medidas urgentes para controlar el alza de los precios, posponiendo una vez más una reforma en profundidad de todo el sistema eléctrico.

Entre otras medidas, se está planteando la supresión o suspensión del ‘impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica’, que grava la generación. Se tiene la vana esperanza de que su supresión se acabe repercutiendo en el precio de la electricidad. Esta medida está siendo muy discutida porque nada asegura que las empresas generadoras reduzcan el precio de la electricidad como consecuencia de la supresión de este impuesto. Por otra parte, las estimaciones que se hacen dan como resultado la escasa incidencia que tendría la supresión o suspensión de ese impuesto en el precio de la electricidad.

Sorprendentemente, o no tanto, se ha optado por esta medida de incierto resultado y no se ha contemplado la posibilidad de reducir otros tributos, como el ‘impuesto sobre la electricidad’ (IEE) y el impuesto sobre el valor añadido (IVA), que gravan directamente el consumo de electricidad. La reducción de estos impuestos repercutiría directamente en la factura eléctrica, aminorándola. Para lograr la reducción del IVA y del IEE se podría excluir de la base imponible de estos impuestos costes que abonamos los consumidores sin estar vinculados a la actividad de suministro eléctrico.

Para entender esta propuesta, hay que tener en cuenta que la factura eléctrica -es decir, el importe que los consumidores abonamos por el suministro de energía eléctrica- se caracteriza por su complejidad. Está integrada por diferentes conceptos: solo una parte de lo que se paga en la factura corresponde a la electricidad consumida; otra parte son costes del sistema y el resto, impuestos. Entre los costes del sistema hay que distinguir los peajes de acceso, precio que hay que pagar por la utilización de las redes de transporte y distribución, y los cargos asociados, categoría en la que se incluyen costes tan variados como la retribución especifica de la producción de las instalaciones de generación a partir de energías renovables, la retribución adicional de los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, las anualidades correspondientes al pago del déficit de tarifa de ejercicios anteriores. En resumen, el precio del suministro eléctrico lo componen: el precio de la electricidad en el mercado (al que se añade una parte regulada), los costes del sistema (peajes de acceso y cargos asociados) y los impuestos (IVA e IEE).

Hacienda incluye en la base imponible de estos impuestos el precio de la electricidad suministrada, los peajes de acceso que es necesario abonar por la utilización de las infraestructuras para suministrar la electricidad, lo cual es lógico, pero añade, y aquí está la trampa, otros costes que no tienen nada que ver con el suministro eléctrico, denominados cargos asociados, que se cargan a los consumidores en vez de financiarlos a través de los presupuestos.

Estos costes desvinculados de la actividad de suministro de electricidad representan una parte importante de la factura eléctrica que pagamos los consumidores. De manera que, si se excluyen de las bases imponibles del IVA y del IEE, se consigue de forma inmediata reducir el importe de estos impuestos y, por tanto, de la factura eléctrica.

La propuesta de exclusión de estos costes desvinculados de la actividad de suministro eléctrico de las bases imponibles del IVA y del IEE no requiere ninguna modificación legal. Basta con que Hacienda aplique estrictamente, y no con fines recaudatorios, la legislación reguladora de estos impuestos. Si no se hace así es porque prevalece el interés recaudatorio frente a la voluntad de resolver los problemas, graves en algunos casos, que plantea entre los consumidores el incremento de la factura eléctrica.

Pedro Corvinos Baseca es abogado