Pasos para reclamar a Hacienda la prestación por maternidad

Cerca de 37.800 aragonesas podrían pedir el reintegro del IRPF.

Delegación de Hacienda.
Imagen de archivo de la delegación de Hacienda en Zaragoza.
Heraldo

Lo primero que destacan desde el despacho de asesoría jurídica Legálitas es que la sentencia del TSJM conocida esta semana, y que obliga a Hacienda a devolver a una mujer 3.135 euros del IRPF de su prestación de maternidad, no sienta jurisprudencia, pero no niegan que abre la puerta a que miles de mujeres en la misma situación reclamen en los tribunales. Por ello, han elaborado una guía con los pasos a seguir por aquellas personas que quieran iniciar los trámites. Cerca de 37.800 aragonesas podrían pedir el reintegro del IRPF.


Los pasos recomendados a seguir serían los siguientes:


1. El primer paso es presentar un escrito de solicitud de rectificación y devolución de ingresos indebidos, ante la delegación de Hacienda que corresponda por domicilio fiscal, haciendo constar el ejercicio que se reclama y concepto jurídico.


2. Alegar y recurrir hasta agotar la vía administrativa. Con el escrito del punto anterior se habrá abierto la vía administrativa, por la cual la administración contestará, con casi total probabilidad, desestimando las peticiones y dando un plazo de 10-15 días para interponer alegaciones. Alegaciones que se deberán presentar y que igualmente tienen una alta probabilidad de ser desestimadas. Contestadas todas las alegaciones, se podrá interponer recurso de reposición y a continuación reclamación económico-administrativa. Esta última será resuelta por el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) correspondiente y, probablemente, fallará en contra, desestimando la pretensión y así agotando la vía administrativa. Se finaliza así la vía administrativa.


3. Reclamar judicialmente. Finalizada la vía administrativa se podrá iniciar un procedimiento judicial, que es dónde más viabilidad tiene este procedimiento según Legálitas. La persona afectada tendrá dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente y es ahí donde se verá si dicho tribunal da o no la razón a la contribuyente.


Antes de iniciar la vía judicial, es aconsejable valorar cada caso porque no siempre va a compensar, indican desde el gabinete jurídico y lanzan una recomendación para quienes han sido madres en 2016 y dudan si reclamar o no la prestación en la próxima declaración de la Renta. "Sin duda la recomendación que hacemos desde Legálitas es seguir el criterio de la Agencia Tributaria y declararlo como renta del trabajo y, a posteriori, efectuar el escrito de rectificación. No obstante es posible que en un tiempo la propia administración tributaria se manifieste al respecto de esta sentencia y de si cambiará el criterio, bien a través de nota informativa, o bien a través de los criterios interpretativos de la Dirección General de Trabajo", indican.

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