Multa

Tribunal UE multa a España con 20 millones por no recuperar las ayudas a Magefesa

El tribunal de Justicia de la UE condena a España a pagar 20 millones de euros por no recuperar las ayudas ilegales concedidas a Indosa, hace dos décadas.

El Tribunal de Justicia de la UE condenó a España a pagar una multa de 20 millones de euros por no haber recuperado las ayudas ilegales concedidas hace más de dos décadas a la empresa Indosa, filial de Magefesa, así como a una sanción diaria de 50.000 euros hasta que cumpla dicha obligación. 


En una sentencia hecha pública, la Corte de Luxemburgo sanciona a España por incumplir una resolución de 2002, en la que se confirmaba un análisis de la Comisión Europea (CE) y obligaba a España recuperar los subsidios a las filiales del grupo Magefesa, informó el tribunal en un comunicado de prensa.


La CE declaró en 1989 ilegales e incompatibles con el mercado común las ayudas concedidas por el Gobierno y varias Comunidades Autónomas a Magefesa, productor de artículos de menaje de acero inoxidable y de pequeños aparatos electrodomésticos, y formado por cuatro sociedades industriales: Indosa (País Vasco), MIGSA (Andalucía), Cunosa y GURSA (Cantabria).


Esas ayudas destinadas a paliar las dificultades económicas que atravesaba el grupo, consistieron en avales crediticios, préstamos en condiciones mejores que las del mercado, subvenciones no reintegrables y de intereses.


La CE consideró entonces que España no había adoptado en los plazos señalados las medidas necesarias para cumplir esa decisión, por lo que interpuso un recurso ante el Tribunal de Justicia, y éste le dio la razón en su sentencia de 2002.


Cuatro años más tarde, la Comisión consideró que la sentencia fue ejecutada para tres de las filiales del grupo (GURSA, MIGSA y Cunosa), pero no en el caso de Indosa.


Según la CE, las ayudas concedidas a la sociedad no se recuperaron mientras que sus actividades prosiguieron pese a su declaración en quiebra en 1994, en un primer momento bajo la forma de Indosa, y más tarde por la Compañía de Menaje Doméstico (CMD).


Ésta última empresa, filial al 100 % de Indosa, se creó tras la quiebra de Indosa para comercializar los productos de la empresa, siéndole transferidos todos los activos de la compañía anterior así como su personal.


A su vez, la empresa heredera de Indosa entró en concurso de acreedores, y una parte de sus antiguos trabajadores crearon la sociedad Euskomenaje, "que continuó la actividad subvencionada en los locales de CMD" y fue autorizada a utilizar a título gratuito los activos de dicha empresa hasta la terminación de su procedimiento de liquidación, señala el Tribunal.


En ese contexto, la Comisión solicitó en 2010 al Tribunal de Justicia que declarase el incumplimiento de España por no haber ejecutado totalmente de la primera sentencia de 2002.


En su decisión de hoy, el Tribunal ha concluido que España ha incumplido en efecto su obligación de ejecutar la primera sentencia, "conforme a la que estaba obligada a adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la Decisión del Comisión de 1989 que le obligaba a recuperar las ayudas ilegales concedidas a Indosa".


La Corte de Luxemburgo señala que el incumplimiento de España "ha perdurado hasta el momento del examen de los hechos" por parte del Tribunal.


El tribunal comunitario ha condenado a este país a una multa coercitiva de 50.000 euros "por cada día de retraso en la puesta en práctica de las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia de 2002, a partir del día de hoy".


Además, el Tribunal de Justicia condena a España al pago de una suma de 20 millones de euros, una "medida disuasoria" destinada a evitar "la repetición futura de infracciones análogas del Derecho de la Unión".


El importe se ha fijado en base a las circunstancias y "proporcionada al incumplimiento declarado y la capacidad de pago de España", según el Tribunal, que subraya la gravedad de la infracción y su duración.


El incumplimiento "perdura desde hace más de diez años a partir de la fecha en que se dictó la primera sentencia del Tribunal de Justicia, y más de veintidós años desde la adopción de la Decisión de la Comisión", subraya la sentencia.