Plan Prepara

Quién cobrará y quién no

Las condiciones para percibir la ayuda del Plan Prepara para parados de larga duración han cambiado sustancialmente, y muchas personas dejarán de beneficiarse de la misma.

Las nuevas condiciones para para percibir los 400 euros, según ha desvelado la ministra de Trabajo, Fátiba Báñez, tras el Consejo de Ministros:


Si el desempleado vive con sus padres, se tendrá en cuenta la renta de toda la unidad familiar para determinar si tiene derecho a los 400 euros. Los 400 euros serán para desempleados que hayan agotado prestación y que obtengan unas rentas inferiores al 75% del Salario Mínimo, esto es, 481 euros (el salario mínimo es de 600 euros). Cuando el parado forma parte de una unidad familiar, se dividen las rentas de toda la unidad familiar por el número de miembros. Hasta ahora, solo se computaba al cónyuge y los descendientes. Ahora, también a los ascendientes, es decir, a los padres del parado.  Si la renta total de la unidad familiar (es decir, de los padres más el hijo) supera los 1.443 euros al mes (ya proceda de salarios, subsidios de desempleo o pensiones), el hijo no tiene derecho a estos 400 euros. En el caso de que el parado viva solo con uno de sus progenitores, las condiciones son más estrictas. En este caso,la renta de la unidad familiar, en lugar de dividirse por tres, se tiene que dividir por dos. Así, a partir de los 962 de renta familiar, el hijo desempleado no tendría derecho a los 400 euros.

En caso de una pareja que viva con un hijo y los padres de uno de los cónyuges perdería el derecho a la prestación si las rentas agregadas de los cinco miembros de la unidad familiar superan los 2.400 euros al mes. Serían 2.889 euros si son dos hijos. Si una persona con un hijo a su cargo se queda en paro y tiene que volver a vivir con sus padres, si la renta de estos es superior a 1.920 euros, no tendría derecho a los 400 euros.