Sito Pons alega que no defraudó a Hacienda porque hace 30 años que vive fuera

Otro de los puntales de la defensa del expiloto ha sido su escudería y ha recalcado que la sede social está en Londres, que es la que se encarga de toda la actividad comercial cuando no hay competiciones.

El expiloto de motociclismo Alfonso 'Sito' Pons, en una imagen de archivo.
El expiloto de motociclismo Alfonso 'Sito' Pons, en una imagen de archivo.
EP/STIHL

La defensa del campeón mundial de motociclismo Alfonso 'Sito' Pons ha alegado que el expiloto reside en el extranjero desde hace 30 años, de manera que no ha defraudado a Hacienda entre los años 2010 y 2014, como le imputa el ministerio público.

La defensa del piloto también argumenta que la nave industrial de su escudería en Castellbisbal (Barcelona) es un "almacén" donde se guarda material, ya que su sede social está en Londres, donde reside actualmente el acusado.

En la sección octava de la Audiencia de Barcelona ha quedado este viernes visto para sentencia el juicio contra Pons, acusado de defraudar 2,7 millones de euros a la Agencia Tributaria entre 2010 y 2014.

El ministerio público pide para el acusado 24 años de prisión y una multa de 12 millones de euros, aunque en sus conclusiones finales la fiscal ha planteado una condena alternativa de 9 años de cárcel y el pago de más de 2,5 millones de euros si algunas de las pruebas aportadas en el juicio no son consideradas válidas.

Según la fiscal, entre 2010 y 2014, Pons simuló que residía en el extranjero -primero en Mónaco y luego en Londres- y gestionó desde la sede de su escudería en Castellbisbal un entramado de empresas que utilizaba como sociedades instrumentales para evadir impuestos, con sede en paraísos fiscales o países de baja tributación como las Islas de Man, las Islas Vírgenes, Jersey, Chipre, Holanda o Malta.

Los abogados de Sito Pons han basado su defensa en tres ejes para demostrar que no ha habido una "voluntad conocedora de defraudar": su residencia en el extranjero entre 2010 y 2014, que el local de Castellbisbal es un "almacén" y que en las entradas y registros en este local y en una vivienda de Barcelona, hubo una vulneración de derechos fundamentales, por lo que piden la nulidad de las pruebas incautadas y presentadas durante el juicio.

Para la defensa del expiloto, la fiscal no ha acreditado que Pons residiera en España durante esos años, ni ha probado que estuviera en este país más de 183 días al año, como fija la ley a la hora de tributar, mientras consideran que "ha quedado suficientemente probada su residencia" en el extranjero.

En este sentido, ha citado pruebas aportadas como el apartamento alquilado en Londres, las facturas de los suministros energéticos propios de una vivienda habitual, la compra de un coche en la capital británica o los billetes de avión con origen y destino en esta ciudad para desplazarse a las competiciones de motociclismo.

Por contra, ha resaltado que Pons no tiene contratada ninguna línea telefónica en España, no tiene cuentas bancarias en este país ni facturas domiciliadas, ni es socio de ningún club deportivo. "No puede sustentarse que sea residente en España", concluye la defensa.

Ha aclarado que, en la vivienda de Barcelona donde según la fiscal reside el acusado, quien vive es su exmujer, de la que se separó en 2002.

Además, ha esgrimido que Pons fijó su residencia fuera de España hace treinta años, muchos antes de los años investigados, y ha recordado que una sentencia de 2011 de la propia Audiencia de Barcelona declaró que vivía en Mónaco.

Otro de los puntales de la defensa del expiloto ha sido su escudería y ha recalcado que la sede social está en Londres, que es la que se encarga de toda la actividad comercial cuando no hay competiciones.

La defensa de Sito Pons considera que en la entrada y registro del local de Castellbisbal y de la vivienda de Barcelona hubo una "vulneración de derechos fundamentales", ya que se atentó al derecho a la inviolabilidad del domicilio y al derecho a la intimidad puesto que en ningún momento se le comunicó al imputado ni en "forma" ni de manera "fehaciente" tal situación, ni tampoco posteriormente la apertura de las cajas intervenidas, por lo que piden la nulidad de las pruebas incautadas y presentadas en el juicio. 

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