El Ayuntamiento de Zaragoza impulsa el canal interno que protegerá a los funcionarios que denuncien irregularidades

Aprueba este jueves en el pleno incorporar a la estructura orgánica un responsable de información "independiente y autónomo".

Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza del 14 de julio de 2023.
Pleno del Ayuntamiento de Zaragoza, en imagen de archivo.
Toni Galan

Si un funcionario quiere denunciar infracciones administrativas o alertar de posibles casos de corrupción, tendrá a partir de ahora una especial protección para poder hacerlo. El Ayuntamiento de Zaragoza implantará un canal interno de información y un procedimiento de gestión que permitirá proteger a las personas que informen sobre presuntas irregularidades. Uno de los pasos para su activación se dará este jueves en el pleno, con la incorporación a la estructura orgánica municipal a inicios de 2024 de un responsable del sistema interno de información que desarrollará sus funciones "de forma independiente y autónoma" con el fin de poder garantizar su "imparcialidad".

El responsable del canal de información no podrá recibir instrucciones de ningún tipo en el ejercicio de sus funciones y tendrá a su disposición, según recoge el expediente, "todos los medios personales y materiales para llevarlo a cabo". Deberán colaborar con él todos los empleados municipales, cuando él lo requiera, y se designará a otra persona, que deberá ser funcionaria de carrera del Grupo A-1 con formación en Derecho, que le pueda suplir en periodos de vacante, ausencia o enfermedad.

Da cumplimiento el Ayuntamiento a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que regula la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Y a una moción de Vox que se aprobó en pleno para crear una unidad gestora y un buzón de denuncias que garantice la confidencialidad y el anonimato.

El canal interno deberá estar diseñado y gestionado de forma segura, de manera que garantice la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier informado, y de las actuaciones que se lleven a cabo durante la gestión. Se permitirá, según la ley, presentar las comunicaciones por escrito o verbalmente, y contará con una estrategia que será debidamente publicitada.

El responsable del sistema se encargará de la gestión del canal en coordinación con la asistencia técnica de los responsables de su configuración en el área de Economía, Transformación Digital y Transparencia, deberá adoptar las medidas de protección de datos personales y velar por que se lleve un libro-registro de las comunicaciones o informaciones recibidas y de las investigaciones internas a las que hayan dado lugar garantizando los requisitos de confidencialidad. Tendrá, también, que hacer un seguimiento de las comunicaciones, mantener la relación con los informantes y solicitarles información adicional, darles una respuesta y elaborar formularios y actuaciones de normalización de las supuestas irregularidades puestas en conocimiento de la Administración.

Información clara y accesible

El canal de información interno deberá contar con datos claros y fácilmente accesibles y la información constará en la web y en la intranet municipal.

La ley nacional responde a la transposición de la directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019. Hay, de hecho, comunidades autónomas como Aragón que disponen de este tipo de herramientas.

El expediente que recoge la nueva estructura orgánica y que se vota este jueves en pleno insta a garantizar la tramitación diligente de la gestión de informaciones recogida en los artículos 17, 18, 19 y 20 de la Ley 2/2023. Se refieren, todos ellos, al canal externo de información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, que garantiza que toda persona física puede informar sobre cualquier acción u omisión. En estos casos se deberá garantizar también el anonimato, la información se podrá hacer por escrito o de forma verbal, quedará registrada en el sistema de gestión de información y la instrucción comprenderá todas las actuaciones encaminadas a comprobar la verosimilitud de hechos relatados.

La norma estatal precisa que, en este tipo de casos, la Autoridad Independiente de Protección del Informante emitirá un informe que incluirá una exposición de los hechos relatados, la clasificación de la comunicación para conocer su prioridad, las actuaciones realizadas para comprobar la verosimilitud de los hechos y las conclusiones alcanzadas. Emitido el informe, se archivará, se remitirá al Ministerio Fiscal si los hechos pudieran revestir el carácter de delito, se trasladará a la autoridad competente o se sancionará, según el resultado.

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