El TSJA reduce en dos años la pena de prisión de un hombre porque en la sentencia no se fundamentó la condena

El tribunal argumenta que la pena debe ser reducida al mínimo legal establecido para los casos de agresión sexual, en los que se prevén de cuatro a doce años de prisión.

Fachada de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Fachada de la Audiencia Provincial de Zaragoza.
Javier Pardos / HERALDO

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha estimado en parte el recurso presentado por un hombre condenado por la Audiencia Provincial de Zaragoza a 6 años de prisión por un delito de agresiones sexuales al entender que la sentencia de la Audiencia no motivó lo suficiente la pena impuesta. 

Así, los magistrados de la Sala Civil y Penal del TSJA confirman la reducción de la condena a cuatro años de prisión en lugar de seis, condena impuesta por la Audiencia de Zaragoza. 

El tribunal argumenta que la sentencia apelada "ha impuesto una pena, por encima del mínimo legal, sin expresar razón alguna para tal elevación" y, en este sentido, recurren al artículo 179 del Código Penal, en el que se prevé, para la agresión sexual con penetración, una pena de prisión de cuatro a doce años por lo que afirman que "el recurso debe ser estimado en este punto, y reducida la pena a su mínimo legal de cuatro años", ajustando a esta duración las penas accesorias. 

Ante las diferentes alegaciones presentadas por la defensa del acusado en el recurso, el tribunal advierte en su resolución que el punto central en torno al cual gira jurídicamente esta causa es la existencia o no de consentimiento por parte de la víctima. Según informan en una nota de prensa, "la víctima expresó de forma clara y contundente su oposición a la relación en tanto que el acusado no dispusiese de la protección anticonceptiva pertinente", a lo que el acusado hizo caso omiso y "usando de la fuerza, consiguió la penetración"

Asimismo, rechazan también los argumentos de error en la valoración de la prueba y la vulneración de la presunción de inocencia y expresan claramente que "la denunciante ha prestado declaración en tres ocasiones, y en todas ellas ratificó expresamente los mismos hechos" aportando, además, "informes médicos sobre las lesiones que sufrió".

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