zaragoza

El Supremo avala la sentencia del tranvía que condena a la DGA a pagar 33,5 millones al Ayuntamiento

El Alto Tribunal falla que "no ha lugar al recurso de casación" interpuesto por el Gobierno de Aragón contra la resolución del TSJA. La DGA ejecutará la sentencia.

Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.
Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.
Europa Press

El Tribunal Supremo ha resuelto sobre la financiación de la línea del tranvía de Zaragoza manteniendo la resolución de la sala de lo contencioso administrativo de Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que condenó en 2020 al Gobierno de Aragón a pagar al Ayuntamiento de Zaragoza 33,5 millones de euros por las obras del tranvía, además de los intereses. Se trata de un largo conflicto institucional entre la administración local y la autonómica que se remonta a legislaturas anteriores.

El Gobierno de Aragón ha asegurado que respeta la sentencia, que están analizando sus servicios jurídicos antes de ser ejecutada.

La sentencia del TSJA sostuvo en su día que el Ejecutivo incumplió sus compromisos de pago de parte de la infraestructura, recogidos en un convenio por el que las dos administraciones acordaron financiar al 50% parte de la obra civil (128,7 millones de euros). La DGA, que fue condenada en costas, acudió en casación ante el Supremo para oponerse a la decisión. El Alto Tribunal ha dicho que "no ha lugar" para el recurso en la sentencia 841/2022 de 27 de junio de 2022, notificada este lunes.

El fallo del tribunal aragonés y ahora el del Supremo echaba por tierra los acuerdos adoptados por el Gobierno de Aragón para liquidar el convenio en el año 2017 y 2018, que cifraron en un primer momento la cuantía a desembolsar 8,7 millones, aunque después la elevaron a 8,9. El Ayuntamiento nunca estuvo de acuerdo y, después de infructuosos intentos de negociación, el 30 de enero de 2018, con ZEC en el gobierno municipal, se interpuso el recurso.

La decisión del Supremo, como la del TSJA en su día, supone dar la razón al Ayuntamiento que viene defendiendo su derecho a percibir 58,3 millones de euros en concepto de liquidación del convenio, de los que habría que descontar los 24,7 millones de euros que ya pagó. En total, una diferencia de 33,5 millones de euros, que son los que ahora se mantienen como deuda de la DGA con el Consistorio zaragozano.

El recurso de casación fue admitido a trámite por auto de la sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo el 13 de octubre de 2021, rectificado luego por auto de 27 de octubre de 2021, en el que asimismo se acordó la remisión de las actuaciones a la sección Tercera.

El recurso gira en torno a aclarar la naturaleza jurídica del convenio suscrito entre las dos administraciones para la implantación del tranvía. Si se trataba de un "convenio de articulación de una subvención directa" o de un "convenio de colaboración y/o cooperación con transferencia de fondos asociada". Las obligaciones son diferentes en cada caso. El Gobierno de Aragón se apoyó en el recurso de casación en que lo que se firmó fue un convenio de colaboración y cooperación interadministrativo de naturaleza obligacional para financiar la línea del tranvía.

El Supremo avala la sentencia del TSJA, que acogió el planteamiento del Ayuntamiento de Zaragoza y su conclusión de que no se trata de un convenio de base subvencional "a través del cual se estaría otorgando una subvención al Ayuntamiento de Zaragoza" sino "ante un convenio interadministrativo de colaboración y cooperación, de naturaleza obligacional, en el que se evidencia la voluntad del Gobierno de Aragón de participar en el proyecto en cuestión, la línea de tranvía norte-sur (Parque Goya-Valdespartera)".

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