Una sentencia anula una cláusula de los pliegos de la zona azul de Calatayud

La Audiencia Nacional tumba el requisito de experiencia previa de los licitadores y el Ayuntamiento acudirá al Supremo.

Una década en Calatayud
Zona azul de Calatayud
MACIPE

La Audiencia Nacional ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) contra el pliego de cláusulas administrativas de la licitación del servicio público de zona azul de Calatayud, adjudicado en 2018 a Dornier. La alegación fue admitida a trámite en mayo de ese año después de que el Ayuntamiento desestimase el recurso que interpuso una de las empresas candidatas en el proceso contra el requisito de acreditar una "experiencia mínima en regulación y control de estacionamiento en vía pública en tres poblaciones y con un mínimo de 1.000 plazas en cada una".

En concreto, la CNMC explica en un comunicado que impugnó al considerar que aquella "actuación administrativa vulnera los principios de necesidad y proporcionalidad del artículo 5 de la ley 20/2013 de Garantía de la Unidad de Mercado". En ese punto de los pliegos también se exigía una duración superior a tres años con indicación del importe, fechas y beneficiarios. Por todo ello, la Audiencia Nacional anula la cláusula recurrida apelando a la "falta de acreditación" por parte del Ayuntamiento de las razones de "interés general que pudieran justificar la experiencia exigida en la licitación" y la "adecuación de la restricción que dicha experiencia supone a la necesidad real del servicio público a gestionar".

Entre los argumentos esgrimidos también por la Audiencia se reconoce la "legitimidad plena" que tiene la Comisión para interponer esta alegación "por sí sola, aunque el empresario afectado no se persone ni actúe durante el procedimiento" y la "constitucionalidad de los principios de necesidad y proporcionalidad".

Recurso de casación

En el Consistorio, el alcalde, José Manuel Aranda, explica que esta decisión se apelará a través de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. "Creemos que el Ayuntamiento está en su derecho de poner unos requisitos, ciertas reglas, que den una seguridad de que una empresa acredita tener una experiencia de gestión", remarcó el primer edil.

Desde el grupo municipal del PSOE, que votó en contra de la desestimación del recurso, se ha solicitado la convocatoria de la comisión de grandes contratos. En este órgano, indican los socialistas, quieren que se les dé cuenta de la situación en la que queda la adjudicación, posibles indemnizaciones y responsabilidades de los concejales que sí la avalaron.

El contrato, que además del aparcamiento regulado incluye la inmovilización, retirada y traslado al depósito de vehículos, fue adjudicado en enero de 2018 a la empresa Dornier. Esta compañía se comprometió a abonar un canon anual de 82.645 euros más IVA durante un periodo de 10 años, prorrogables por otros dos más, por las 696 plazas de la zona azul.

Aquellos pliegos salieron adelante con los 11 votos a favor del equipo de gobierno, que entonces integraban PP y PAR, y el no de PSOE, Ciudadanos, Aragón Sí Puede y CHA. Se preveía la supresión de la obligación de pago en la calle de Puy, en el tramo comprendido entre Madre Rafols y Teruel, y la regulación en la conocida plaza de los Ajos, la de Marcial y en el tramo de Sixto Celorrio que va desde Papelillo hasta la zona ya habilitada.

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