tribunales en Zaragoza

Todos los acusados por el grave accidente de la carpa de la cerveza acaban absueltos

El perdón de la víctima, que sufrió lesiones y secuelas gravísimas, evitó tener que sentarse en el banquillo al concejal Alberto Cubero y a un funcionario municipal. El dueño de la Oktoberfest y el ingeniero que supervisó el montaje admitieron ayer una imprudencia menos grave.

El dueño de la carpa, con camisa de rayas, y el ingeniero, momentos antes del juicio en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza.
El dueño de la carpa, con camisa de rayas, y el ingeniero, momentos antes del juicio en la Ciudad de la Justicia de Zaragoza.
Guillermo Mestre

Nadie será finalmente condenado por el accidente ocurrido durante las fiestas del Pilar de 2016 en la carpa de la cerveza de Valdespartera, donde un defectuoso montaje de la estructura hizo que se desprendiera una viga de la cubierta, con tan mala suerte que, al hacer un movimiento pendular, la pieza golpeó en la cabeza a una mujer de 37 años y le provocó gravísimas lesiones y secuelas. Por estos hechos se pidieron penas de prisión para cuatro personas, incluido el concejal de Servicios Públicos del Ayuntamiento de Zaragoza, Alberto Cubero, que se enfrentaba a tres años de prisión. Sin embargo, el perdón expreso de la víctima a los acusados y el abono de la indemnización por parte de las aseguradoras ha permitido extinguir la responsabilidad civil.

Si hace unos días se retiraba la acusación contra el edil de ZEC y el funcionario municipal que dio por buena la instalación, Enrique Asensio, a los que tan solo incriminaban los abogados Alberto Cervera y Óscar Frontiñán en nombre de la víctima, ayer fueron los otros dos acusados quienes acabaron absueltos. A diferencia de los primeros, al dueño de la empresa de espectáculos que montó la carpa, Luis Gorrochategui, y al ingeniero que este contrató para supervisar la instalación, Sergio Espinosa, los acusaba la Fiscalía. Por ello, ambos tuvieron que comparecer en el juicio que se celebró ayer para responder, en principio, de un delito de imprudencia grave por el que les pedían cuatro meses de prisión y una multa de 2.400 euros.

Pero la vista fue una mera puesta en escena del acuerdo previo alcanzado entre las defensas y la Fiscalía. Porque, al perdonar la víctima a todos los encausados, el ministerio público modificó sus conclusiones y terminó calificando lo sucedido como un delito de lesiones por imprudencia menos grave. Al hacerlo, ella misma se excluía como parte acusatoria, ya que en estos casos solo el perjudicado u ofendido puede ejercer la acción penal. Y dado que la lesionada ya se había retirado de la causa, no quedaba nadie que los incriminara.

En cualquier caso, para que el ministerio público se aviniera al acuerdo, tanto el dueño del recinto como el ingeniero tuvieron que admitir que no actuaron con la diligencia debida. Porque el informe pericial demostró que a la estructura de la carpa le faltaban diez vigas o riostras, algo que debían saber y haber subsanado puesto que las piezas se cuentan y numeran cada vez que se monta y desmonta la estructura.

Una abrazadera defectuosa

Pero los peritos concluyeron que si la viga se vino abajo fue porque la abrazadera sobre la que se apoyaba estaba defectuosa. Y de eso sí que no pudieron ser conscientes los investigados, ya que no fueron ellos quienes la colocaron. Así rezará en la sentencia que el propio juez Eduardo Marquina dictó ayer de viva voz al acabar el juicio.

Las absoluciones ponen fin a un caso que ha destapado las deficiencias que arrastran a veces las atracciones o recintos feriales y la falta de diligencia en algunos controles técnicos. El accidente, ocurrido el 8 de octubre de 2016, ha marcado de por vida a María Elena O., que estuvo seis días en la uci y se ha sometido ya a tres operaciones. Para el forense, las lesiones y secuelas la incapacitan de forma permanente para su ocupación laboral y limitan considerablemente sus posibilidades de acceder a otro trabajo.

Cuando se cayó la riostra, en la carpa, que tenía 15 años de antigüedad, había 1.200 personas, por lo que las consecuencias del percance podrían haber sido incluso mayores. El abogado de la DGA se ha reservado el derecho a reclamar a las aseguradoras por la vía civil los 28.440 euros que costó la atención sanitaria a la víctima.

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