El reglamento orgánico prevé sanciones por falta de asistencia

Los concejales pueden ser castigados con la pérdida del derecho a retribución económica de hasta tres meses.

La bancada de la oposición quedó vacía este miércoles.
Suspendido el pleno del Ayuntamiento de Zaragoza
Oliver Duch

El reglamento orgánico del Ayuntamiento de Zaragoza prevé sanciones a aquellos ediles que no asistan, sin justificación, a los órganos de los que forman parte. En concreto, la norma advierte de "la pérdida del derecho a percibir retribución o asignación económica hasta un máximo de tres meses".

Según el artículo 21 del citado reglamento, se puede imponer esta sanción por saltarse sin justificación "dos reuniones consecutivas del órgano del que formen parte, o tres alternativas durante el período de un año". Aunque el plante de la oposición durante dos sesiones plenarias podría dar pie a la aplicación de la norma, el gobierno dejó claro ayer que ese escenario no está previsto.

Para imponer la sanción es necesario que previamente se dé audiencia al interesado y se escuche la posición de la junta de portavoces.

Por otro lado, la citada normativa establece que "el alcalde, previa autorización del pleno, podrá privar de la percepción de las retribuciones o asignaciones económicas a los restantes miembros de la Corporación en caso de incumplimiento reiterado de los deberes de su cargo". En este caso, las condiciones son las mismas que en el apartado anterior, aunque "la privación no tendrá naturaleza sancionadora".

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