Estrasburgo no acepta el recurso de las víctimas

El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo no ha aceptado el recurso interpuesto por dos familias de los seis fallecidos en la explosión de la Pirotecnia Zaragoza hace dos años. Considera que es un asunto de derecho interno y que el sobreseimiento provisional de la investigación del suceso, dictado por la titular del Juzgado de Instrucción 10 de Zaragoza, no vulnera la Carta de los Derechos Humanos, como argüían los abogados de la acusación Javier Hernández y Ricardo Pina, por la falta de la tutela judicial.

"Habíamos solicitado que Estrasburgo nos diera la razón por la falta de tutela para las familias de los fallecidos –ya que no han podido conocer la causa de la explosión– y preguntar a los autores de los informes como los Tedax y el Laboratorio Madariaga, pero nos han contestado que no hay causa", señaló ayer el abogado Javier Hernández, que representa a la familia de uno de los seis fallecidos en la fábrica de Garrapinillos. "Un juez español de ese tribunal firmó en el mes de junio que no admitían el recurso", agregó.

La única posibilidad que les queda ahora es que aparezcan nuevas pruebas o testimonios que puedan esclarecer el origen y la causa de la explosión mortal.

Sobreseimiento provisional

Este es el último escalón judicial del proceso al que han llegado los familiares de estos dos fallecidos. Afirman que su deseo es "conocer la verdad" de cómo se produjo la explosión y si influyeron las medidas de seguridad que tenían.

Su lucha empezó en marzo de 2016, cuando el Juzgado de Instrucción número 10 de Zaragoza decretó el sobreseimiento provisional de la causa abierta por la explosión de la pirotecnia –en la que además de los seis fallecidos otros seis trabajadores resultaron heridos–, al "no resultar los hechos constitutivos de delito".

La juez María José Bello, que abrió las diligencias previas por la explosión del 31 de agosto de 2015, acordó el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de las acciones civiles que pudieran corresponder a los perjudicados.

En la vía civil se llegó a un acuerdo satisfactorio con la compañía aseguradora de la empresa para la indemnización a las familias de las víctimas mortales y a los seis heridos, si bien esto permitía la posibilidad de que se pudiera abrir un proceso penal.

Las familias de dos de ellas recurrieron el archivo ante la Audiencia de Zaragoza. Los abogados consideraron que la decisión solo se basó en los informes aportados (el Grupo de Explosivos de la Guardia Civil, el laboratorio del Ministerio de Industria y un tercero encargado por la Subdelegación del Gobierno en Aragón), pero creían que se podía investigar más para explicar lo ocurrido y que los allegados se quedaran tranquilos.

La investigación del Grupo de Desactivación de Explosivos de la Guardia Civil concluyó que era imposible determinar las causas de la explosión dado el nivel de destrucción que se produjo. A la misma conclusión llegó el Laboratorio J. M. Madariaga y dijo que no es posible determinar si la explosión se produjo por una chispa u otro motivo cualquiera.

La Audiencia de Zaragoza reiteró y avaló la decisión de la juez. Los abogados llegaron al Tribunal Constitucional para reclamar la tutela efectiva que entendían no habían recibido en el Juzgado de Instrucción 10, pero no admitió a trámite el recurso, igual que ahora ha hecho Estrasburgo.

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