El TS rebaja de 12 a 4,6 años las penas de cárcel para los dos anarquistas que atentaron en el Pilar

El Supremo considera que no debe castigarse los hechos como dos delitos sino como uno solo.

El Tribunal Supremo ha rebajado de doce años a cuatro años y medio la pena para los dos terroristas chilenos que atentaron contra la Basílica de El Pilar de Zaragoza el 2 de octubre de 2013, al considerar que no debe castigarse los hechos como dos delitos, de lesiones y de daños terroristas, sino uno solo.


El alto tribunal ha aceptado el recurso de uno de los condenados, que señalaba que no debió condenársele por un delito de daños terroristas y otro de lesiones, como hizo la Audiencia Nacional, que les impuso la pena de 12 años citada.

 
En su recurso, Francisco Javier Solar alegaba que los hechos tenían que pensarse como una única acción de acuerdo con las normas del artículo 77.1 del Código Penal. Su abogado se centró en que hicieron explosionar un pequeño artefacto de fabricación casera para atentar contra un símbolo religioso como elemento del poder establecido, y que su intención no era causar lesión a ninguna persona porque a la hora de la explosión se cerraba esa zona de la basílica al público.    


Al contrario, el Supremo considera que el castigo, por unos hechos que da por probados, debe ser como autores de un solo delito en concurso ideal que integra a los dos citados, más aún teniendo en cuenta que los daños por el atentado no afectaron gravemente a bienes de interés cultural e histórico (ascendieron a un total de 143.317 euros).


La sentencia del Supremo aplica el concurso ideal y concluye que por más que la utilización de un mecanismo explosivo compuesto por dos kilos de pólvora y una bombona de gas licuado configure el dolo eventual del delito de lesiones de la víctima en la onda expansiva que las sufrió (Marta García), concluye que "no justifica la punición separada de los resultados de esta solo acción delictiva" y sí el concurso ideal.


Los dos anarquistas chilenos, Francisco Javier Solar, "Cariñoso", y Mónica Andrea Caballero, "Moniquita", colocaron en la basílica del Pilar de Zaragoza un artefacto compuesto por una bombona de butano, dos kilos de pólvora y un reloj activador que estalló en la nave central y, con un radio de acción de 26 metros, causó daños a una mujer en el oído. 


La sentencia del Supremo explica que a los dos condenados se les pudo identificar por las imágenes captadas el día de los hechos en el metro de Barcelona (Sagrera y Arco del triunfo, al lado de la Estación del Norte de Barcelona). Con esa nitidez que se les reconocía a ambos que iban con el rostro descubierto, se reconoce que el hombre llevaba una bolsa nevera a la mujer con una bolsa-mochila. Se basa en el trabajo de la Policía y su declaración en la vista oral en la que refrendaron que los rostros de las grabaciones en Barcelona y Zaragoza eran los dos acusados.  

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