​Tres condenadas por estafar a inversores a los que ofrecían ganancias del 40%

La Audiencia Provincial las condena a un año y diez meses y a indemnizar a las víctimas con 242.000 euros.

Tres mujeres han sido condenadas a un año y diez meses de prisión cada una por estafar decenas de miles de euros a inversiones a los que llegaban a ofrecer rendimientos del 40 por ciento en una semana.


Rosa A.P., Montserrat S.G., y María Carmen R.C. han sido condenadas por la Audiencia Provincial de Zaragoza como responsables de un delito continuado de estafa y a que indemnicen a sus víctimas con un total de 242.000 euros.


Según la sentencia, desde un despacho en el World Trade Center de Zaragoza, cuyo alquiler no pagaron, las condenadas se presentaban en 2009 como titulares de las mercantiles "Affirmo Grupo Inversor" y "Emporio&Yuppi", que se anunciaban como intermediarias financieras bajo la "falsa apariencia de seriedad y solvencia".


Las sociedades, que no tenían autorización del Consejo Nacional del Mercado de Valores ni estaban inscritas, formaban parte de "una trama urdida" entre las tres mujeres con la finalidad de obtener importantes beneficios económicos y "con la idea previa de incumplir lo pactado", según la sentencia.


De esta manera, prometían a los potenciales inversores "elevados beneficios" en programas de alto rendimiento por un periodo de cuarenta semanas y con unos beneficios mínimos asegurados del 40 por ciento semanal, con un plazo máximo de entrega de 21 días.


Con esta oferta, llegaron atraer a numerosos inversores (algunos de los cuales denunciaron los hechos en otros partidos judiciales) y tres de ellos aportaron 150.000, 60.000 y 32.000 euros, que no han recuperado y que las condenadas desviaron a sus cuentas o a las de familiares.


Las condenadas, una vez se hicieron con el dinero, abandonaron la oficina que ocupaban sin rendir cuentas a los perjudicados, ni dar razón de su paradero, obstaculizando su localización y sin comunicar absolutamente nada al propietario de los despachos, al que dejaron de pagar deliberadamente 6.000 euros, según la sentencia.

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