Medidas excepcionales para la limpieza de la cuenca

El consejo extraordinario de Gobierno ha dejado sin efecto algunos puntos del Plan de Ordenación de Recursos Naturales.

El Gobierno de Aragón dejará sin efecto de forma temporal determinados puntos del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de los Sotos y Galachos del río Ebro, aprobado por Decreto en el año 2007, para poder adoptar medidas excepcionales de limpieza en la Cuenca del Ebro, en la zona de la Ribera Baja (tramo Zaragoza-Escatrón), por existir razones imperiosas de interés público.


Todo ello con objeto de reparar los daños causados por las inundaciones producidas por desbordamientos en la cuenca del río Ebro, sin que existan trabas ambientales de competencia autonómica que lo impidan.


Dichas razones imperiosas de interés público permiten adoptar medidas excepcionales respecto a lo dispuesto en los artículos 23.1, 43 y 52.1 n) y o) del Decreto 89/2007. Afecta, entre otras, a la obligación de someter a Evaluación de Impacto Ambiental proyectos de obras hidráulicas de dragado con un límite de 5.000 metros cúbicos y a 500 metros lineales o de construcción de nuevas defensas hidráulicas o ampliación de las existentes.Modificación de límites de espacios naturales

Con el mismo propósito de adaptarse a la nueva situación y poder ejecutar una adecuada limpieza del cauce del río que palíe los efectos que las riadas dejan a su paso por Aragón, el Gobierno de Aragón también ha solicitado a la Unión Europea modificar los límites de los espacios naturales declarados LIC (Lugares de Interés Comunitario) y ZEPA (Zonas de Especial Protección para las Aves) en la Ribera Alta del Ebro (tramo Pradilla-Zaragoza), sujetos a normativa comunitaria e integrados en la Red Natura 2000, como son los Meandros del Ebro y los Sotos y Mejanas del Ebro.


Todo ello supondrá que el límite para extraer gravas sin necesidad de Declaración de Impacto Ambiental, que ahora se encuentra en 5.000 metros cúbicos para el área incluida en el PORN, se establece en 20.000 para los puntos declarados ZEPA Y LIC y en los 100.000 para los no sometidos a ninguna figura de protección ambiental.