CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

El Tribunal de la UE permite a los ayuntamientos imponer límites de ruido a los aviones

Las restricciones impuestas sobre mediciones acústicas efectuadas a ras de suelo se consideran legales, siempre que no obliguen a las compañías aéreas a renunciar a su actividad económica.

Las corporaciones locales podrán establecer los límites de ruido
Ryanair retoma la venta de billetes, pero anula finalmente los vuelos a Málaga y Alicante
JOSé MIGUEL MARCO

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha confirmado hoy que los Estados miembros y las autoridades locales tienen derecho a imponer límites máximos de ruido al tráfico aéreo, aunque estos sean medidos a ras de suelo y no en la fuente.


La corte con sede en Luxemburgo respondió así a la consulta de un tribunal belga, que debe fallar en un litigio entre la región de Bruselas y una aerolínea multada por superar el límite sonoro impuesto por las autoridades.


La Justicia europea ha considerado que, aunque la directiva comunitaria que regula el asunto fija que las mediciones deben efectuarse en la propia aeronave, la norma vigente en Bruselas cabe dentro del "marco equilibrado" en el que se basa la legislación de la UE.


Las restricciones impuestas sobre mediciones acústicas efectuadas a ras de suelo son, por tanto, legales, pero siempre que no obliguen a las compañías aéreas a renunciar a su actividad económica.


Es decir, si esas normas nacionales pueden ser cumplidas por las aerolíneas sin suponer un obstáculo a sus operaciones, tienen validez.


Sin embargo, en caso de que supongan que no puede volar desde o hacia el aeropuerto en cuestión, sólo las mediciones en la fuente se considerarían compatibles con el derecho comunitario.


Una vez dictada sentencia en el Tribunal Europeo, corresponde a la Justicia belga dictaminar en ese caso concreto si los niveles impuestos por la región de Bruselas tienen tales efectos, explicó la corte.


El litigio en cuestión enfrenta a las autoridades bruselenses con la compañía de carga European Air Transport, a la que en 2007 se impuso una multa de 56.113 euros por haber rebasado, durante la noche, los valores máximos previstos por la normativa regional.