JUICIO

Absuelto el monitor de 'rafting' juzgado por la muerte de una joven en Murillo

El juez considera que actuó de forma correcta y recuerda que participar en un descenso de aguas bravas supone asumir un riesgo vital.

Momento en el que el cuerpo de la fallecida era evacuado en un helicóptero de la Guardia Civil.
Absuelto el monitor de 'rafting' juzgado por la muerte de una joven en Murillo
HERALDO

Nada se puede reprochar al monitor de 'rafting' en el accidente que costó la vida a la joven madrileña Alicia Gallego Bouzas, hace ahora un año, en Murillo de Gállego. Esa es la conclusión a la que ha llegado el juez, quien ha absuelto a Manuel C. V. del homicidio por imprudencia leve del que le acusaba la familia de la fallecida. En su sentencia, explica que el acusado contaba con la titulación necesaria para impartir esta actividad. Y considera también probado que el monitor informó a la joven y al resto de personas que le acompañaban de los riesgos que conlleva un deporte de este tipo, y les dijo cómo debían comportarse en caso de vuelco.


El magistrado no se conforma con exculpar al trabajador de la empresa Murillo Rafting (a la que los denunciantes consideraban también responsable civil subsidiaria), y hace una reflexión sobre el riesgo vital que comportan los llamados deportes de riesgo. Considera el juez que muchas veces se contratan estas actividades "sin reflexionar" sobre esta circunstancia, y pensando únicamente en pasar un rato divertido. En este sentido, concluye que la joven madrileña "decidió libre y voluntariamente participar en una actividad de riesgo que implicaba introducirse en el cauce de un río de aguas bravas, actividad en la que es patente el riesgo de ahogamiento".


"En definitiva -afirma el titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ejea de los Caballeros-, el fallecimiento de la víctima fue consecuencia de un incidente característico y propio de la actividad realizada: choque de la balsa contra una roca, vuelco de la balsa y caída de los participantes al agua". Insiste además en que el desconocimiento "voluntario o negligente" de dichos riesgos no permite trasladar esa responsabilidad a quienes explotan la actividad.


Atrapada en un sifón

El mortal accidente se produjo el 8 de agosto de 2009, cuando tres hermanos y sus respectivas parejas descendían el río en el tramo comprendido entre Carcavilla y Murillo de Gállego. Al llegar a un punto conocido como "la ese", su barca chocó contra una roca que desvío su trayectoria y les hizo volcar. Sus siete ocupantes -incluido el monitor- terminaron cayendo al cauce del río-. Finalmente, todos lograron salir a la superficie. Todos menos Alicia Gallego Bouzas, que quedó atrapada en un sifón a más de dos metros de profundidad. Su cuerpo sin vida no pudo ser localizado y rescatado hasta el día siguiente, cuando se hizo descender el caudal cerrando dos presas.


El abogado que representa a la familia de la fallecida, Francisco Javier Osés, ya ha recurrido la sentencia. Y lo ha hecho porque, si bien reconoce que la práctica de un deporte como el 'rafting' conlleva ciertos riesgos, no puede aceptar que se diga que la fallecida debía prever el peligro de un sifón cuando esta ni siquiera había sido informada previamente de su existencia. "Al no conocer este riesgo extraordinario, ella tampoco pudo evitar o rechazar la práctica de una actividad con riesgo para su vida", dice el abogado en el escrito presentado ante la Audiencia de Zaragoza.