El Colegio de Abogados sanciona a un letrado con dos días por revelar secretos de un cliente

Defendió a la madre y un hijo, que fueron dos partes contrarias en una donación, y declaró sobre el pleito en un juzgado.

Foto de archivo del Colegio de Abogados de Zaragoza.
Foto de archivo del Colegio de Abogados de Zaragoza.
José Miguel Marco

Un pleito por una donación entre familiares ha acabado con una queja entre abogados por la revelación de secretos y una sanción de dos días para uno de ellos impuesta por la comisión deontológica del Colegio de Abogados de Zaragoza.

La Junta de Gobierno inició un expediente sancionador por la comisión de una falta grave tras recibir la denuncia de otro abogado respecto a la actuación de un compañero.

El letrado denunciado llevó a las dos partes de un pleito sobre la donación entre una madre, a la que defendió primero, y a su hijo. Posteriormente, esa donación fue revocada por la madre, pero esa escritura no fue firmada por el hijo y el caso acabó en una demanda en el Juzgado de Primera Instancia 8 de Zaragoza para que anulara esa donación.

En su argumentación, el letrado denunciado manifestó que él era el único nexo de unión y medio de comunicación entre las dos partes, y además, argumentó que otro abogado defendía a la madre. Asimismo, defendió su postura porque había sido imparcial y hasta autorizó al otro abogado que aportara los correos entre ambos para incluirlo en la demanda que interpuso.

Pero cuando lo llamaron a declarar en el Juzgado de Primera Instancia 8 de Zaragoza acabó testificando y en el contenido de sus declaraciones pudo desvelar el contenido de la consulta de su primera cliente. Su testimonio se recogió en la sentencia dictada de la anulación de la donación.

El Colegio de Abogados da como un hecho probado que el denunciado compareció en el juicio y respondió a cuantas preguntas le hicieron sobre la escritura de donación y su otorgamiento, que tuvo conocimiento "por razón de su ejercicio profesional, no habiéndose acogido a su deber de secreto profesional".

Aun así, sobre esta infracción él manifestó que "simplemente se limitó a contestar a las preguntas que le hicieron en el juicio, relativas al hecho de su intervención en los asuntos referidos, sin que haya revelado dato alguno de sus clientes que haya perjudicado a uno u otro". Además, señaló que no se había concretado el secreto que reveló y agregó que no solo es "un deber sino un derecho del abogado".

La sanción impuesta por el Colegio de Abogados se quedó en dos días de suspensión en el ejercicio de la abogacía por la vulneración del secreto profesional. En la resolución, la Comisión de Deontología defiende que "no es solo un derecho a no revelar datos de sus clientes que han obtenido en el ejercicio del derecho de defensa" sino que también "es un deber". "Constituye un pilar fundamental sobre el que descansa nuestra profesión y es complemento necesario de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva, a la asistencia letrada y constituye derecho de derechos", argumenta el Colegio de Abogados.

No es "justificable"

"No resulta justificable para la actuación del letrado denunciado justifique la existencia de una licencia para que entienda que su declaración en calidad de testigo no vulnera la obligación del secreto profesional", argumenta la sanción. Tampoco solicitó dispensa alguna para ir a declarar porque "podía afectar la defensa de la que fue cliente suya". Aunque valoran como un incumplimiento grave de las normas de la profesión y una infracción del Estatuto General de la Abogacía que pudo ser sancionado por un plazo de hasta tres meses, se impuso una sanción de dos días.

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