CEMCA pide mantener las fechas de apertura de los festivos para 2017

Reclama a la consejería de Economía que rechace las peticiones de las empresas de gran distribución.

Compras en el arranque del puente.
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María Bressel / A Photo Agency

La Confederación de Empresarios de Comercio de Aragón (Cemca) ha solicitado a la consejería de Economía mantener los días festivos de apertura que aprobó para 2017 y rechazar las peticiones de las empresas de gran distribución y establecimientos de comercio mixto y centros comerciales de Zaragoza.


Las empresas de gran distribución han pedido modificar dos de los días festivos de apertura aprobados para 2017,  concretamente los días 13 de abril -jueves santo- y 3 de septiembre -vuelta al cole- por los días 2 de enero y 13 de octubre de 2017, ha informado la confederación en una nota de prensa. La petición de las empresas de gran distribución se ha producido al amparo de lo establecido en el punto cuarto de la orden 807/2016 de 15 de julio de dicha consejería en la que incluyó la posibilidad de que los establecimientos de oferta alimentaria o mixta que incluya alimentación, podrán sustituir alguno de los 10 días de apertura aprobados.


En su petición, Cemca considera que lo dispuesto en la citada orden va mas allá de lo establecido en la ley 7/2005, de horarios comerciales y aperturas en domingos y festivos donde "solo se permite la modificación de hasta dos de dichas fechas únicamente a instancias de los ayuntamientos y que afecten a todo el comercio ubicado en su ámbito". Por ello, la confederación, según la citada nota, entiende que solamente pueden ser los ayuntamientos los que hagan dicha solicitud y para el ámbito de todo el comercio de la localidad, y que no pueden ser las propias empresas quienes lo hagan, debiendo para ello, haber instado a sus ayuntamientos la modificación de dichas fechas. En consecuencia, pide a la consejería que no acepte esas modificaciones y que mantenga los días de apertura establecidos salvo aquellos que fueran instados por los ayuntamientos, y revoque con carácter inmediato el punto cuarto de la orden citada.

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