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Condenado por robar partidas bautismales en Teruel para ocultar su origen y ascender en la Orden de Malta

El Tribunal Supremo confirma la sentencia de dos años de cárcel a un vecino de Madrid que sustrajo documentos que bloqueaban su solicitud de ascenso.

El Supremo ratifica la condena impuesta en los tribunales de Teruel.
El Supremo ratifica la condena impuesta en los tribunales de Teruel.
Antonio Garcia/Bykofoto

Las aspiraciones de un vecino de Madrid, O. A. P., de 41 años, de progresar en la Orden de Malta le han salido muy caras. El Tribunal Supremo ha ratificado la condena del Juzgado de lo Penal de Teruel de dos años de prisión más una indemnización de 12.000 euros para la Diócesis de Teruel por haber sustraído entre finales de 2013 y principios de 2014 cuatro partidas de bautismo del Archivo Diocesano correspondientes a Barrachina y el Villarejo de los Olmos en un intento de ocultar sus orígenes familiares, que cerraban el paso a su aspiración de ser nombrado Caballero de Honor y Devoción.

Los documentos arrancados, de los siglos XVIII y XIX, demostraban que sus antepasados no reunían los requisitos para que el condenado, Caballero de Gracia y Devoción, ascendiera en el escalafón de la Soberana Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de Jerusalén, Rodas y Malta.

El robo fue detectado cuando el delegado nombrado por la Orden de Malta para comprobar si la genealogía esgrimida por O. A. P. era correcta detectó en 2017 la ausencia de partidas bautismales del Archivo Diocesano. Lo comunicó a su director, que presentó la correspondiente denuncia. La Guardia Civil identificó y detuvo en 2018 al responsable.

Poco después de la denuncia, el director del Archivo recibió un paquete de la parroquia de Nuestra Señora de los Dolores de Madrid con las partidas sustraídas. Lo remitía un sacerdote que dijo haber recibido los documentos bajo secreto de confesión y que no podía informar de quién se los había entregado. Sin embargo, en los hechos probados, el Tribunal Supremo señala que "quedó acreditado" que la persona que aportó las partidas fue el condenado.

El Tribunal Supremo ratifica la condena inicial del Juzgado de lo Penal de Teruel y la posterior confirmación de la Audiencia Provincial. Considera que los argumentos del recurrente "no tienen cabida" en el recurso formulado ante el Supremo. Además, impone el pago de las costas judiciales al condenado.

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