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El Rambo de Requena recurre su condena por tentativa de homicidio

La acusación particular pide la revisión del fallo para que sea condenado por tentativa de asesinato.

El Rambo de Requena, a su llegada a la Audiencia Provincial, donde fue juzgado.
El Rambo de Requena, a su llegada a la Audiencia Provincial, donde fue juzgado.
Javier Escriche

El representante legal de Pedro Lozano Giménez, el conocido como el Rambo de Requena, ha recurrido la sentencia de la Audiencia de Teruel que le condena a 27 años de prisión por la tentativa de homicidio de dos guardias civiles a los que disparó mientras le perseguían, en los estertores de su fuga por las sierras turolenses. 

Los hechos ocurrieron en junio de 2020, cuando Lozano tras partir de El Castellar, donde permanecía escondido, fue interceptado por dos guardias civiles en una calle de Muniesa. El fugitivo disparó contra los agentes -uno de los cuales resultó malherido- y logró abrirse paso para seguir su alocada huida hasta Andorra, donde finalmente, tras recibir un disparo en una pierna, fue detenido en un monte cercano a la localidad.

En su recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), al que ha tenido acceso Efe, el letrado de la defensa alega "errores" en la valoración de la prueba por parte del tribunal al entender que ni de las declaraciones de los propios agentes ni de las pruebas periciales se desprende una voluntad homicida por parte del procesado.

Errores referidos tanto al disparo que efectuó con una escopeta de postas sobre uno de los agentes, que pudo esconderse en busca de protección, como el que realizó sobre el segundo, que resultó herido de gravedad en el antebrazo.

En relación al primero de los agentes, el abogado advierte de que si su cliente hubiese tenido intención de matar, el resultado letal se habría producido finalmente con más disparos.

Respecto al agente que resultó herido, el letrado argumenta que a pesar de la corta distancia a la que se encontraban en el momento de sorprendido, de frente y a poco más de un metro, el acusado en ningún momento disparó a su cabeza ni a partes vitales.

Por su parte, el representante legal de la acusación particular en nombre de los dos agentes, el abogado oscense Jorge Piedrafita, ha recurrido a su vez la sentencia para instar que los hechos sean considerados como tentativa de asesinato en lugar de homicidio.

En su escrito, Piedrafita se refiere de forma sistematizada y detallada a los elementos probados en la sentencia que, a su juicio determinarían la existencia de alevosía y ensañamiento en la conducta del procesado, elementos "típicos", añade, que conforman el delito de asesinato.

Una vez formulados estos recursos, las distintas partes personadas en la causa formularán las alegaciones oportunas a ambos escritos, antes de ser remitidos al TSJA para su enjuiciamiento en sala.

La Audiencia de Teruel imputó al procesado dos delitos de homicidio en grado de tentativa, uno con el resultado de lesiones graves, que castigó con penas de 11 y 9 años de prisión, respectivamente.

Además, le responsabilizó de otros delitos por tenencia ilícita de armas (9 meses), robo continuado en casas habitadas (4 años y 6 meses), hurto de vehículos (multa 2.160 euros), conducción temeraria (1 años) y coacciones (9 meses).

La presencia en la provincia de Teruel del Rambo de Requena fue detectada en junio de 2020, después de protagonizar diversos delitos violentos en la Comunidad Valenciana, pendientes aún de su enjuiciamiento, y protagonizar una larga fuga por zonas boscosas y de campo. Momentos antes de su detención, Pedro Lozano se subió al coche de un vecino de Andorra que, al reconocerlo, intentó atropellarlo en una calle de la localidad y, bajo amenazas, consiguió que le sacara del casco urbano. Las indicaciones del conductor sirvieron para capturar al fugitivo.

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