por triple asesinato

El Supremo confirma la prisión permanente revisable a Igor el Ruso

El tribunal considera que el veredicto del Jurado Popular está suficientemente motivado y desestima el recurso de la defensa de Norbert Feher

Comienza el juicio contra Igor el Ruso
Igor el Ruso, en una imagen de archivo.
Antonio García

El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de prisión permanente revisable al serbio Norbert Feher, conocido como Igor el Ruso, por el asesinato de un ganadero y dos guardias civiles en Andorra (Teruel) en diciembre de 2017.

En una sentencia, el Supremo desestima el recurso del condenado contra la resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que a su vez confirmó la de la Audiencia Provincial de Teruel -donde se celebró el juicio con jurado- por tres delitos de asesinato en concurso con dos de atentado.

El abogado de Norbert Feher, Juan Manuel Martín Calvente, recurrió la sentencia condenatoria impuesta a su representado alegando que el veredicto del Jurado Popular no estaba bien fundamentado. Sin embargo, el Tribunal Supremo (TS), como ya hiciera anteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), estima que el pronunciamiento estuvo razonado. 

"La motivación contenida en el Acta del veredicto es suficiente para conocer el fundamento de la convicción expresada en la votación del objeto del veredicto", señala la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que concluye que "consecuentemente, el motivo se desestima".

El TS señala que en este caso "cobra especial relevancia el hecho de que el acusado admitiera los hechos sustanciales de la acusación y en su escrito de calificación admite la causación de las muertes, calificándolas de homicidio". Puntualiza que, en el primero de los asesinatos, el del ganadero José Luis Iranzo, el abogado de Igor el Ruso admite la acción del acusado dirigida a causar la muerte y lo califica de homicidio, "por lo que la necesidad de motivación ha de ir referida a la concurrencia de alevosía". La familia de Iranzo está representada por el abogado zaragozano Enrique Trebolle.

La Sala expone que "la autoría, la realización de un acto dirigido a causar la muerte, es un acto admitido por el acusado en su declaración y en la calificación, por lo que la motivación no precisa identificar todas las fuentes de prueba en la medida en que el propio recurrente las admite en su declaración y en los escritos de calificación". "Y a ellos se refiere en la motivación", subraya el TS en su pronunciamiento.

Sostiene el TS que la referencia del Jurado Popular en su veredicto a la declaración de Igor el Ruso en la que afirmó que disparó a Iranzo en cuanto le vio, permite conocer el fundamento de la afirmación del presupuesto de la alevosía. Añade que el tribunal popular se refiere también a las periciales practicadas durante el juicio, que incidieron en lo sorpresivo del ataque.

Igualmente, la sentencia del TS concluye que el Jurado Popular motiva suficientemente la convicción de considerar asesinato la muerte de los dos guardias civiles. Como en el caso de la muerte de Iranzo, Feher reconoció el ataque, por lo que el debate debía centrarse en la justificación por la legítima defensa. El acusado admitió en su declaración la realización de su acción disparando las dos pistolas, 17 balas, a los dos agentes, antes de que estos desenfundaran sus armas y a todo ello hace referencia el veredicto.

En concreto, por uno de los asesinatos fue condenado a prisión permanente revisable y además se le impusieron dos penas de 25 años de prisión por los otros dos crímenes y tres de cinco años por otros tantos delitos de robo con intimidación y se le impuso el pago de más de tres millones de euros a las familias de las víctimas como indemnizaciones. 

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