Teruel

La Audiencia de Teruel condena a cinco años de cárcel a tres jóvenes por una agresión sexual en grupo a una mujer

Acorralaron, sujetaron e hicieron tocamientos a la víctima, a la que tendrán que indemnizar con 5.000 euros

Teruel
Los tres acusados, el día en que se celebró el juicio, el pasado 17 de septiembre.
Jorge Escudero

La Audiencia Provincial de Teruel ha condenado a cinco años de prisión a tres jóvenes a los que considera autores de un delito de agresión sexual contra una mujer agravado por el hecho de haberlo cometido en grupo. El suceso ocurrió la madrugada del pasado 4 de enero en el pasillo de acceso a los baños de un bar de copas de la capital turolense. Los tres procesados, originarios de Guinea Conakry aunque residentes en Teruel, tendrán que indemnizar solidariamente a su víctima, de 28 años de edad y también vecina de esta ciudad, con 5.000 euros por los daños morales y las lesiones que le causaron.

El tribunal considera probado que ese día, entre la 1.00 y las 3.30, los tres jóvenes, de manera repentina e inesperada para la víctima, acorralaron a esta en la zona de los aseos del bar y la agredieron sexualmente. Según relata la sentencia, conocida este miércoles, uno de ellos, Ousmane C., cogió a la mujer por detrás y la sujetó, mientras otro, Tambasa K., se situó delante de la puerta de salida del pasillo hacia el local. El tercero, Mamadou A., se colocó frente a la víctima y, a la vez que la sujetaba y la insultaba, le realizó tocamientos por fuera y por dentro del pantalón, hasta que la chica logró zafarse de ellos.

La Audiencia prohíbe a los acusados, de entre 21 y 26 años de edad, acudir y residir en Teruel durante 10 años así como aproximarse a la víctima a menos de 300 metros y comunicarse con ella durante el mismo periodo de tiempo. Uno de ellos, Ousmane, es asilado y los otros dos compartían un piso de acogida de una oenegé.

No hubo testigos de la agresión y los acusados negaron en el juicio –celebrado el pasado 17 de septiembre– haber visto o tenido algún contacto con la mujer e incluso haber estado en el bar en el que se sitúa la agresión. Por otro lado, la pericial practicada sobre la ropa interior de la denunciante no reveló restos biológicos que no fueran de la víctima, si bien los peritos señalaron que en el caso de tocamientos realizados en los tejidos pueden no quedar rastros.

Con todo, los jueces estiman que la declaración de la mujer es suficiente para incriminar a los acusados al ser verosímil, coherente, persistente y detallada. El fallo sostiene que no había entre los agresores y la víctima una enemistad que pudiera llevar a una denuncia falsa y que el testimonio del novio de la mujer y de familiares de aquel a los que ella contó esa noche lo sucedido, así como la versión ofrecida por una camarera del bar, avalan las palabras de la denunciante. La mujer sufrió hematomas en los brazos, espalda y glúteo y precisó de tratamiento psicológico y psiquiátrico.

La abogada de la acusación particular, Elisa Julián, expresó este miércoles su satisfacción por el veredicto. "Supone –dijo– que el tribunal ha creído a mi defendida en un proceso muy duro para ella". Por el contrario, la letrada de la defensa de uno de los procesados, Patricia Loras, se mostró en desacuerdo con la sentencia y sostuvo que "esos hechos no ocurrieron".

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