FINANZAS

La DGA desiste de recurrir el fondo que suprime el veto autonómico a las fusiones de cajas

La Comisión Jurídica Asesora ve dudas para poner un recurso de inconstitucionalidad y ahora se busca un acuerdo político.

Finalmente no habrá recurso de inconstitucionalidad. El Gobierno de Aragón desiste, tras conocer el informe de la Comisión Jurídica Asesora (CJA), de recurrir el fondo de rescate bancario que prevé la supresión del veto autonómico a las fusiones de las cajas de ahorro. Según explicaron fuentes de la DGA, el dictamen de la CJA considera que no existen fundamentos suficientes para acudir a los tribunales porque la intervención en cajas que se declaren insolventes es competencia estatal. No en vano, es el Estado el que tiene la potestad de ordenar la economía. Respecto al caso de entidades financieras que se unen sin ser insolventes, la Comisión no aclara qué hacer y ve dudas de que pueda ser inconstitucional que las Comunidades dejen de tener voz y veto como hasta ahora.


Ante este resultado, la DGA aboga por explorar la vía política y tratar de llegar a un acuerdo con el Gobierno central para que las Autonomías puedan participar de alguna manera en estas operaciones. Este será uno de los puntos que el Ejecutivo tratará de incluir en la comisión bilateral que se celebrará próximamente. Seguirá así la línea de otras Comunidades, pero con matices. El resto de territorios que han anunciado un recurso no han desechado esta opción. Simplemente han preferido anteponer la vía política a la alternativa de acudir a los tribunales. Si esta no funciona recurrirán al Constitucional.


El vicepresidente de Política Territorial, Manuel Chaves, anunció hace unas semanas en las Cortes Generales que se iba reunir con las Comunidades Autónomas que se habían quejado por este asunto para tratar de llegar a un acuerdo bilateral. Son Cataluña, Madrid, Valencia y Andalucía.


El Ejecutivo autonómico se apoyaba para advertir la posible inconstitucionalidad de este fondo de rescate bancario en el Estatuto. En su artículo 71, establece como competencia exclusiva de la Comunidad las cajas de ahorros con domicilio en Aragón e instituciones de crédito cooperativo público y territorial. Además, la Ley Reguladora de las Cajas de Ahorro en Aragón señala que todo proceso de fusión de cajas domiciliadas en el territorio requieren la autorización de la DGA. "Sin ella, la fusión será nula", dice. Además, existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre este asunto. No obstante, la CJA considera que no se dan indicios de inconstitucionalidad.

 

Qué es el FROB

Pero ¿qué es el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB)? Es un fondo especial, que goza de personalidad propia y plena capacidad pública y privada para gestionar los procesos de reestructuración de entidades de crédito cuando presenten debilidades en su situación económica y financiera. En principio, ninguna de las dos cajas de ahorros de la Comunidad se encontraría en esta tesitura. Está dotado de 9.000 millones de euros gestionados directamente por el Estado.


Si un banco o caja atraviesa dificultades, tendrá que presentar en el plazo de un mes, por su iniciativa o a instancias del Banco de España, un plan de actuación: reforzamiento del patrimonio, un proyecto de fusión o absorción o el traspaso de negocios. Y, para esto, podrá contar con recursos del Fondo de Garantía de Depósitos correspondiente. Además, el FROB le otorgará financiación, si fuera necesaria, a precio de mercado y con la finalidad de facilitar esos procesos. Sin embargo, si la situación es más grave y no pudiera cumplir ese plan de actuación, entonces el Banco de España intervendría y el FROB pasaría a gestionar la entidad y la sometería a un plan de reestructuración, que deberá ratificar el Banco de España y que incluiría procesos de absorción o fusión con otras entidades. Es en este momento, donde -según considera la DGA- se vulnerarían las competencias autonómicas puesto que se elimina la autorización pertinente de Aragón. Se sustituye por un mero informe.