SENTENCIA POR LAS IDENTIFICACIONES DEL YAK-42

La Audiencia condena al general Navarro a tres años por las identificaciones del Yak

El general Vicente Navarro
La Audiencia condena al general Navarro a tres años por las identificaciones del Yak
EFE

Hasta 30 de las 62 identificaciones del accidente del Yak-42 se hicieron de forma "falsaria" y "aleatoria", asignándose los nombres sin ningún tipo de criterio objetivo y saltándose los medios técnicos que había a su alcance para cumplir correctamente con su cometido. Ya no es solo la denuncia de los familiares de las víctimas sino el relato de hechos probados que ayer dictaminó la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y que supone la condena de tres años de cárcel para el general Vicente Navarro Ruiz y 18 meses para sus dos subordinados, José Ramón Ramírez García y Miguel Ángel Sáez García, por falsedad documental. Es la primera condena de un tribunal civil a un general del Ejército en el ejercicio de sus funciones.


La sentencia, redactada por el magistrado Gómez Bermúdez, estima además que la actuación del general fue dolosa y que en todo momento fue "plenamente consciente de que le entregaban 30 cuerpos no identificados". Por ello, le condena por falsedad en documento público en concepto de autor, le inhabilita durante dos años para cualquier función pública y le pone una multa durante 6 meses de 10 euros al día. Además, debe asumir el pago de 10.000 euros para las familias de cada uno de los fallecidos incorrectamente identificados. Ante la previsión de que no pague, se declara la responsabilidad civil subsidiaria del Ministerio de Defensa.


Aunque la pena de 3 años supone el ingreso en prisión, todo indica que la defensa del general Navarro recurrirá el fallo ante el Tribunal Supremo, por lo que en ningún caso entrará en la cárcel hasta que el Alto Tribunal resuelva el recurso. Es decir, hasta al menos dentro de un año, Navarro y el resto de los condenados podrán llevar una vida normal. Sobre este asunto se pronunció ayer brevemente Navarro quien, en declaraciones a Europa Press, indicó que sus abogados "están estudiando la sentencia a los efectos oportunos, en su momento actuaré en un sentido u otro".


En cuanto a Ramírez García y Sáez García, el tribuna considera que, a diferencia de lo que se pedía, no se les puede atribuir cooperación necesaria, aunque estima que sí fueron cómplices del general, al ocultar con sus actos que las identificaciones eran incorrectas. Según explica el tribunal, ambos "a sugerencia de Navarro, con la excusa de dulcificar la descripción de las lesiones, omitieron conscientemente aquellas que podían fácilmente despertar recelos o dudas sobre el proceso de identificación".


La sentencia expone un relato de lo sucedido que no deja lugar a dudas y que, además, ratifica punto por punto lo denunciado por los familiares en todos los foros a los que han tenido acceso. Así, queda ya probado que fueron las autoridades turcas las que actuaron en todo momento de forma correcta identificando, con la colaboración de la delegación española, 32 de los cuerpos y dejando claro que para el resto eran necesarias pruebas de ADN. Aunque el general Navarro asumió el compromiso de identificar posteriormente los otros 30 cuerpos, en vez de hacerlo optó por asignarles "de forma aleatoria una identidad". Según explica la Audiencia Nacional, no hay constancia de que los dos médicos militares que le acompañaran participaran en esa asignación de identidades "unilateral y falsaria".


Por lo demás, el tribunal llega a la conclusión de que en ningún caso se puede argumentar que Navarro tenía un problema de comprensión con las autoridades turcas y que no sabía qué estaba firmando cuando rubricó el acta turca. "No es verosímil que dos generales del Ejército español con amplia experiencia firmen un documento en el extranjero responsabilizándose de la repatriación en condiciones irregulares de 62 cadáveres sin conocer el contenido de lo que están firmando". El otro mando al que alude la sentencia es el general Beltrán, que no estaba acusado pero que además exculpa ya que "Navarro le aseguró que todos los cadáveres estaban identificados".

El daño moral a las familias


La sentencia estima además que, fruto de esta actitud delictiva y dolosa, los familiares de las víctimas han pasado un calvario imposible de subsanar. Y extiende el reconocimiento de este sufrimiento a las 62 familias. "El Tribunal comparte el dolor y es consciente de que aquellas cuyos parientes estaban correctamente identificados han sufrido cierta zozobra, inquietud o desazón". Dicho esto, explica que pese a todo, solo puede establecer una nueva indemnización para los 30 mal identificados. A diferencia de lo que ha ocurrido en otras ocasiones, en este caso se establece una cifra común para todas las familias con derecho a indemnización, 10.000 euros. Es decir, en total se deberá desembolsar 300.000 euros.


Aunque la sentencia deja claro que en primera instancia quien debe pagar es el general Navarro y, si este se declara insolvente, los otros dos acusados, establece la garantía de que sea el Estado en caso de que ninguno de los tres tenga capacidad económica para hacerlo.


En este punto absuelve a las aseguradoras que estaban acusadas y a las que el Estado quería atribuirles la responsabilidad económica. A juicio del tribunal, ninguna póliza de seguros cubría el daño moral provocado a los familiares por una actuación delictiva.