GRAN SCALA

ILD formaliza una opción de compra de suelos a propietarios de La Almolda

Ofrece un anticipo por el 5% del valor de los terrenos. Los dueños tendrán que devolver el dinero si, en un año, no se han reunido 2.500 hectáreas o cambiado la ley para Gran Scala.

Los representantes legales de Internacional Leisure Development (ILD), consorcio promotor de Gran Scala, han redactado un contrato de opción de compra en la que ofrecen a los propietarios de terrenos en La Almolda la cantidad equivalente al 5% del valor de sus fincas, es decir, 450 o 300 euros por hectárea, según los casos, a cambio de "obtener los derechos que le posibiliten, de así desearlo, adquirir la propiedad, libre de cargas y gravámenes, para poder implantar un proyecto de ocio, lúdico, comercial, hotelero y de otros usos". Así figura en el documento elaborado por el despacho de abogados y asesores tributarios Garrigues y al que ha tenido acceso HERALDO.


De acuerdo al mismo texto, las partes deberán haber "convenido" un precio de 9.000 euros por hectárea para fincas de secano y 6.000 para el resto (erial) y en el caso de llevarse a efecto la opción de compra, la prima se deducirá del importe total. No obstante, los propietarios firmantes estarían obligados a devolver este 'anticipo' en el caso de darse hasta tres supuestos distintos.


Según reza, se aplicaría esta cláusula si se constatase "la imposibilidad de ostentar la titularidad de al menos 2.500 hectáreas de terreno", cuando "existieran condicionantes físicos de las tierras que impidan la construcción de un centro de las características del proyectado" o en el caso de que "hubiere trascurrido un año desde la firma de este contrato y no se hubiesen verificado los hitos jurídicos necesarios para el proyecto, esto es, que haya tenido lugar la aprobación de la normativa que permita el desarrollo del mismo". De esta manera, el consorcio promotor salvaguarda sus intereses frente a posibles impedimentos en el desarrollo del proyecto.


Por el contrario, ILD solo estaría obligada a perder la prima en el caso de que no ejercitara la opción de compra del modo y forma establecidos en el contrato, es decir, de acuerdo a las cantidades económicas acordadas. Asimismo, en el caso de llegar a ejecutarse la opción y que el propietario no se presentara o se negara a hacerla efectiva, ILD podrían exigirle el "cumplimiento forzoso" de las obligaciones o, alternativamente a su elección, dar por resuelto este contrato con "la restitución de la prima más el cuádruplo de su importe en concepto de pena convencional".


Por otro lado, el documento elaborado caduca en un plazo de veinticuatro meses desde su firma y en el caso de darse todos los condicionantes e hitos jurídicos requeridos, especifica que el pago de las cantidades acordadas se haría efectivo en el plazo de un mes.


Hasta ahora algunos propietarios consultados aseguran desconocer la existencia de este documento, aunque diversas fuentes apuntan que los representantes de ILD habrían informado "verbalmente" de estas condiciones a los integrantes de la corporación municipal de La Almolda durante la reunión mantenida entre ambas partes el pasado jueves.