Archivan la causa contra el cazador que mató a la osa Sarousse porque "trató de proteger su vida"

El Juzgado de Boltaña dicta el sobreseimiento provisional al concluir que el investigado reaccionó de forma proporcional ante la "amenaza inminente" de ser atacado por una osa que corría hacía él.  

Imagen tomada con una cámara de fototrampeo de la osa Sarousse.
Imagen tomada con una cámara de fototrampeo de la osa Sarousse.
Gobierno de Aragón

El Juzgado de Instrucción de Boltaña ha acordado el archivo de la causa abierta contra un cazador por la muerte de la osa Sarousse, ocurrida durante una batida de jabalí en el municipio de Valle de Bardají, en la comarca de la Ribagorza, porque nada indica que la muerte del animal fuera provocada, ni siquiera que se debiera a una imprudencia. 

Según el auto de sobreseimiento, el investigado "trató de proteger su vida mediante el uso del arma, ante la amenaza inminente de ser atacado por una osa que corría hacía donde él se encontraba perseguida por perros de caza". Tampoco tuvo la posibilidad de huir o salvaguardarse en lugar seguro y su actuación fue "proporcional" a las circunstancias.

La resolución judicial, comunicado este jueves a las partes y recurrible ante la Audiencia de Huesca, considera "indudable" que no estaba habilitado para cazar el oso, pero también que "no tuvo la intención de hacerlo, sino que actúo ante una situación de peligro de la que no había sido advertido, como es esperable en cualquier ciudadano medio". El archivo había sido solicitado por los abogados del cazador, del despacho de Enrique Trebolle, alegando legítima defensa. 

"No tuvo la intención de hacerlo, sino que actúo ante una situación de peligro de la que no había sido advertido, como es esperable en cualquier ciudadano medio"

Los hechos ocurrieron el 29 de noviembre de 2020 durante una batida de caza en la que participaban vecinos de la comarca. Sarousse era un ejemplar de 21 años nacido en Eslovenia, liberada en Francia, pero que primero pasó a Cataluña y en 2010 se asentó en el el macizo del Turbón. La Guardia Civil abrió una investigación sobre el suceso y trasladó el atestado al juzgado, que instruyó la causa por un presunto delito contra la fauna y contra la ordenación del territorio y el medio ambiente

El auto de archivo tiene en consideración el atestado del Seprona, según el cual  probablemente la muerte de la osa fue accidental ya que, con motivo de la batida de caza por daños en recursos agrícolas, autorizada en el lugar en el que habitaba la osa, todo indicaba que el animal salió de su lugar de recogimiento asustada por los perros, en dirección a donde se encontraba el investigado, y este disparó por miedo. 

El Juzgado ha tenido en consideración la coincidencia de la versión del cazador con la inspección ocular y otras comprobaciones realizadas por los agentes. También su declaración, en la que justificó los disparos por el peligro inminente de ser atacado por la osa que corría hacía él. Dijo encontrarse en el sentido descendente de la pista, es decir, en un plano inferior, apenas protegido y sin posibilidad de huir. Dichas circunstancias, junto con el hecho de que estuviera solo e inmediatamente avisara de lo sucedido indican, añade el auto, que difícilmente pretendía dar caza a la osa.

Las acusaciones particulares, ejercidas por grupos ecologistas, cuestionaron la posición del cazador en la parte inferior de la pista, al ser la trayectoria de los disparos descendente. Pero esto se explica, según el juzgado, porque la pendiente de la pista era poco acentuada y la osa, al ir a cuatro patas (confirmado también por la altura de los disparos), apenas se levantaba un metro del suelo. "En consecuencia, dada la altura del cazador, de la osa y la escasez de la pendiente del terreno, la trayectoria de los disparos fue descendente y ello es compatible con la anterior versión de los hechos descrita".

A favor de la versión del cazador juegan también otros argumentos, como la posición de la osa en el momento de ser abatida, el lugar donde fue hallada y la corta distancia a los casquillos del rifle.

El auto entra a valorar si la batida debió adoptar precauciones para evitar el hecho, al ser una zona de hábitat de la osa. No consta, indica el juzgado, que se informara a los cazadores de la situación concreta de la osa, ni de las medidas a tomar ante su presencia en el lugar. "El investigado ha indicado que conocía que había en la zona un oso, pero pensaba que se encontraba en zonas más altas", señala.

Las acusaciones plantearon que se debieron hacer tomado medidas en la organización de la cacería y valorar la presencia del animal, una especie protegida en España, a lo que el juzgado responde que es "una cuestión de carácter administrativo ajena al investigado". 

Por tanto, concluye, queda descartado el dolo exigido en el Código Penal para castigar estos hechos, y tampoco se aprecia imprudencia grave por parte del investigado, ya que la batida caza fue autorizada y él estaba habilitado para llevar el arma que le sirvió como defensa ante una situación de vulnerabilidad no buscada, "siendo su actuación proporcional". 

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