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Cuatro años de prisión por patear la cara a su mujer y dejarle sin sentido del olfato

La Audiencia de Huesca ha atenuado la pena al aplicar la atenuante de confesión. Fiscalía y acusación particular habían pedido 11 y 12 años de cárcel.

Iulian M. durante la primera sesión del juicio por agresión a su mujer.
Iulian M. durante la primera sesión del juicio por agresión a su mujer.
Rafael Gobantes

La Audiencia Provincial de Huesca ha condenado a cuatro años de prisión a Iulian M., de 55 años y de origen rumano, por un delito de lesiones causadas por imprudencia grave tras propinar una brutal patada en la cara a su esposa en el bar del que eran propietarios en Monzón. Los magistrados han rebajado la pena al aplicar la atenuante de confesión, pero han rechazado las de arrebato u obcecación.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia, la sentencia también impone al acusado la prohibición, durante nueve años, de aproximarse a su esposa a menos de 500 metros en cualquier lugar que frecuente y comunicarse con ella por cualquier medio. Además, al término de su condena estará en libertad vigilada durante cinco años.

Asimismo, el condenado deberá indemnizar con 57.903,58 euros a la víctima, que sufrió graves fracturas en la cara que hicieron que estuviera 431 días de incapacidad temporal, así como la pérdida del sentido del olfato como secuela. Esta cantidad económica se verá incrementada en los intereses legales previstos y deberá abonar también el pago de todas las costas procesales.

La Audiencia considera probado que en la noche del 13 al 14 de mayo de 2017 el procesado Iulian M. , pernoctó en el local en donde se desarrollaba el negocio del que era titular, sito en la calle Barón de Eroles de Monzón tras haber discutido horas antes con su esposa, que en aquel momento tenía 36 años y con la que estaba casado desde hacía tres años.

Sobre las 7.30 del 14 de mayo, la mujer se presentó en el referido establecimiento después de haber leído los diversos mensajes que su marido le había enviado poco antes a través de la aplicación telefónica WhatsApp, en los cuales él le hacía saber las elevadas cantidades de dinero que se había gastado esa noche en máquinas recreativas, iniciándose una agria discusión entre ambos. En el transcurso de dicha discusión, el procesado tiró de la coleta de su esposa, haciendo que ésta cayera al suelo, y a continuación, actuando con el propósito de menoscabar la integridad física de su esposa, le propinó una patada en la cara. La víctima comenzó a sangrar, pese a lo cual logró levantarse y marcharse a su casa al tiempo que el procesado recogía con una fregona la sangre del suelo sin interesarse por el estado de su esposa.

La mujer pudo llegar a su domicilio, en el que también residía su hija, entonces menor de edad, que cuando vio el estado en que se encontraba su madre, la acompañó a un centro de salud de Monzón, desde el cual, a la vista de las lesiones que presentaba, fue derivada al hospital de Barbastro, en donde se decidió su traslado al hospital Miguel Servet de Zaragoza al disponer dicho centro de unidad de cirugía máxilo-facial.

El procesado, por su parte, permaneció en el establecimiento hasta que recibió la visita de un amigo, quien había tenido conocimiento de lo sucedido a través de una conversación telefónica expresándole que era conveniente que se presentara en el cuartel de la Guardia Civil a fin de contar lo que había ocurrido. Iulian M. decidió finalmente acudir al cuartel esa misma tarde acompañado de su amigo para ayudarle a relatar lo sucedido ya que el acusado no se expresa correctamente en lengua castellana. Los agentes de la Guardia Civil, que en aquel momento aún no sabían nada de la agresión, realizaron las comprobaciones pertinentes y procedieron a continuación a la detención del procesado, quien ingresó al día siguiente en prisión provisional, donde continúa en la actualidad.

La Fiscalía y la acusación particular habían solicitando respectivamente 11 y 12 años de prisión por un delito de lesiones cometido en el ámbito de la violencia de género. Pidieron que se aplicaran las agravantes de parentesco y de alevosía (por la mecánica de la agresión).  Durante el juicio, el acusado reconoció los hechos y aseguró estar "arrepentido". Su abogado había pedido una pena de 1 año y 11 meses de prisión. 

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