El traslado de la jueza del caso de Sijena abre más incógnitas sobre los plazos de resolución

Sigue sin autorizar la entrada en el Museo de Lérida y la incautación de las 44 piezas de arte retenidas.

Fragmentos de las pinturas murales del primer lote entregado pueden verse en el monasterio.
Fragmentos de las pinturas murales del primer lote entregado pueden verse en el monasterio.
R. Gobantes

El traslado de la magistrada del caso de Sijena, Carmen Aznar, abre nuevas incógnitas sobre los plazos de resolución del dilatado proceso, iniciado hace cinco años. Tras el parón de agosto, la actividad judicial se retomó el 1 de septiembre y de nuevo, Aragón solicitó a la  titular del juzgado oscense que autorizase la entrada en el Museo de Lérida y el traslado de las 44 obras retenidas por Cataluña, después de que el 31 de julio incumpliese la última orden judicial de entrega.

Desde el Gobierno de Aragón, se muestran tranquilos ante el traslado de la magistrada, ya que, según indican, no debería afectar a la ejecución de una resolución judicial ya adoptada. A tres años para su jubilación, Aznar, que reside en la capital aragonesa, ocupará el puesto dejado por el titular del Juzgado número 18 de Zaragoza, Roberto Esteban.

La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial ya ha dado luz verde al traslado y ahora, solo resta su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que podría ocurrir en los próximos días. Ante ello, está por ver si la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Huesca actuará contra la desobediencia de Cataluña antes de su marcha o directamente, dejará el asunto en manos de su sustituto.

También cabe una tercera opción, que, según el abogado de Sijena, Jorge Español, es la "más lógica", y que debería ser autorizada por el Consejo del Poder Judicial, el único que podría permitir a la magistrada concluir algunas de sus causas en curso, entre ellas, el caso de Sijena, al margen de su marcha. La cronología del litigio ha sido la siguiente:

La demanda

En abril de 2012, el Gobierno de Aragón interpuso ante el Juzgado Número 1 de Huesca una demanda de nulidad de pleno derecho de los contratos de compraventa de 97 bienes de Sijena adquiridos por la Generalitat y el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) en 1983, 1992 y 1994. A la causa, se sumó el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena.

El juicio

Tras una larga espera y un sinfín de trabas, el proceso para dirimir si las sucesivas ventas de patrimonio fueron ilegales comenzó en noviembre de 2014. En la vista previa, por fin se vieron los abogados de Aragón y de Cataluña.

La sentencia

En abril de 2015, la magistrada declaró nulas las operaciones de compraventa de las 97 piezas y además, ordenó su restitución al monasterio, del que, según el fallo, forman parte sustancial e inseparable desde que fuese declarado Monumento Nacional en 1923. Además, las tres ventas vulnerando las leyes de patrimonio vigentes.

La ejecución provisional

En mayo de 2015, la Generalitat y el MNAC recurren ante la Audiencia Provincial e insisten en que las piezas forman parte del patrimonio catalán. El recurso sigue sin resolverse y  la sentencia sigue sin ser firme, una cuestión a la que se aferra la administración catalana. Tras su recurso, Aragón pide la ejecución provisional de la sentencia, aprobada por la magistrada señalando una primera fecha de entrega, el 25 de septiembre, que acaba siendo aplazada.

La primera devolución

La magistrada dicta una nueva fecha de entrega, el 25 de julio de 2016, y un día después, la Generalitat solo devuelve 51 de las 97 obras, todas procedentes de los almacenes del MNAC, reteniendo las 44 del Museo de Lérida.

La nueva fecha de entrega

Tras un parón, la magistrada fija nueva fecha de entrega, el 31 de julio de 2017, y de nuevo, Cataluña incumple, sin importarle las consecuencias. El 1 de septiembre, los letrados aragoneses vuelven a pedir a la titular del juzgado oscense que autorice la entrada en el Museo de Lérida y la incautación de las 44 obras con el auxilio de la Policía. La jueza sigue sin contestar a este requerimiento, que, a lo largo del proceso, se ha  cursado sin éxito hasta en 26 ocasiones.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión