El TSJA anula dos oposiciones de la Diputación Provincial a las que optaron casi 900 aspirantes

Cuatro auxiliares y cuatro administrativos no han podido tomar posesión de sus plazas desde 2014. La DPH y los perjudicados agotarán el último recurso al Supremo.

Foto de archivo de la oposición de auxiliares de la DPH celebrada en el IES Pirámide en 2014.
El TSJA anula dos oposiciones de la Diputación Provincial a las que optaron casi 900 aspirantes
J. Blasco/heraldo

Casi tres años después de haber ganado sus plazas en la Diputación Provincial de Huesca entre 900 aspirantes, cuatro auxiliares y cuatro administrativos aún no han podido tomar posesión por el litigio que mantiene la DPH con el Gobierno central. Y acaban de recibir un nuevo varapalo ya que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha ratificado la sentencia en primera instancia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huesca y ha anulado las dos oposiciones alegando que los Presupuestos Generales de 2014 impedían incorporar nuevo personal.

Sin embargo, ni la Diputación Provincial ni los perjudicados están dispuestos a tirar la toalla todavía y ambas partes han anunciado que agotarán la última posibilidad que les queda de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Tienen de plazo hasta finales de septiembre.

Actualmente, algunos de los opositores afectados trabajan como interinos en la propia DPH y otros están en bolsas de trabajo de otras administraciones, pero todos ellos confían en que finalmente les den la razón y puedan ser nombrados como funcionarios de pleno derecho.

Estaban ocupadas por interinos

La sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia desestima los recursos que presentaron los ocho perjudicados, a través de su abogado Pablo Malo, y los servicios jurídicos de la Diputación Provincial contra el fallo del Juzgado de lo Contencioso, que el 14 de abril de 2015 anuló los decretos dictados en marzo y mayo de 2014 para convocar dos oposiciones libres con el fin de cubrir 4 plazas de auxiliar y otras 5 de administrativo que estaban ocupadas por interinos. De todas ellas, la institución provincial solo pudo hacer efectivo el nombramiento de una de las cinco plazas de administrativo ya que la convocatoria de empleo público correspondía al año 2013.

La DPH y las ocho personas que se personaron en la causa alegaron, entre otros motivos, que no podían considerarse como plazas nuevas al estar cubiertas por interinos, pero el TSJA subraya que el artículo 21 de la Ley de Presupuestos Generales de 2014 prohibía incorporar nuevo personal "sin referencia alguna a la situación en que pudiera estar cubierta o no la plaza o plazas de que se trate".

Los perjudicados también argumentaron que la Administración General no impugnó la Oferta de Empleo Público de la DPH de 2013 pese a tener la misma regulación que la de 2014. Pero en el fallo dejan claro que "si el Estado debió o no impugnar, no es una cuestión que corresponda decidir a este tribunal".

Los recurrentes pidieron que al menos se excluyera la convocatoria de dos plazas de auxiliar que procedían de la Oferta de Empleo Público de 2008 ya que sostenían que la limitación de los Presupuestos General del Estado de 2014 no le afectaba. Sin embargo, el TSJA también lo rechaza señalando que el Estatuto Básico del Empleado Público da un plazo máximo de tres años para ejecutar una OEP y este había se había sobrepasado "con creces".

Por último, defendieron que la Administración General había solicitado fuera de tiempo la nulidad de los dos decretos, pero el TSJA en cambio considera que "el Estado actuó dentro de las previsiones de plazos legal y reglamentariamente establecidas, pues efectuó los requerimientos previos a la demanda en el período de 15 días desde que recibió las informaciones que había solicitado y luego interpuso la demanda dentro del plazo de dos meses legalmente previsto", afirma la sentencia.

Sentencias distintas en Aragón

Pese a este segundo varapalo judicial, Pablo Malo confía en que el Supremo les dé la razón "porque en Aragón ha habido sentencias sobre casos similares que dicen todo lo contrario por lo que entendemos que debe ser un tribunal superior el que dictamine cuál es la línea jurisprudencial que se tiene que seguir", dice.

El letrado lamenta que la sentencia del TSJA es "demasiado escueta" porque no entra a valorar todos los motivos que alegaron. Además, sigue insistiendo en que no pueden considerarse como nuevas plazas. "Nosotros decimos que no porque si están cubiertas por interinos, el espíritu que pueda tener la Ley de Presupuestos de que no haya gasto es absurdo porque ya se está realizando", destaca. Además, aclara que algunas de esas plazas pertenecen al área de Recaudación, "con lo cual estarían exentas ya que estas sí que entran dentro del cupo que se puede reponer". También defiende que al ser puestos interinos, "la ley obliga a que se saquen a oposición".

Y aunque perjudicados estén trabajando ya en la administración de forma interina, su representante legal asegura que están "muy preocupados porque mis clientes se presentaron a unas oposiciones formalmente convocadas por la Diputación, adquirieron su condición de aprobados, no hubo ninguna impugnación de nadie más que la Administración con lo cual fue un proceso de una limpieza absoluta, y sin ningún tipo de culpa se encuentran en esta situación donde son las principales víctimas".

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