SANIDAD

El Salud, condenado tras morir un paciente dado de alta

Tiene que pagar 47.000 euros a la familia de un vecino de Tardienta que fue atendido en el San Jorge.

El Gobierno de Aragón deberá pagar 47.000 euros a la familia de un vecino de Tardienta de 73 años que murió tras sufrir una disección de aorta que solo le fue solo le fue diagnosticada al día siguiente de acudir por primera vez al Hospital San Jorge de Huesca con un fuerte dolor y ser dado de alta. Así lo recoge una sentencia firme de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que considera que no haber existido el retraso en el diagnóstico, podría haber sobrevivido. La familia, representada por el abogado José Barrachina, solicitó al Departamento de Salud una indemnización de 85.403,03 euros, pero la DGA rechazó su responsabilidad y decidieron acudir a los tribunales, que les han dado la razón cinco años después de la muerte del paciente.


Los hechos juzgados se remontan al 11 de septiembre de 2005, cuando el hombre, José A. E., con antecedentes por hipertensión, notó "un fuerte dolor en el pecho, muy intenso y acompañado de sudoración fría", por lo que acudió al centro de salud de Almudévar, donde se le diagnosticó un cuadro anginoso antes de trasladarlo al Hospital San Jorge de Huesca.Ingresó en Urgencias y se le realizaron varias pruebas, pero poco después, la internista de guardia, "tras ver la ecografía y la historia clínica del paciente, decidió darlo de alta y remitirlo a su domicilio", además de ponerle un tratamiento y citarle para la semana siguiente en consultas externas por un "dolor torácico a estudio", a lo que añadió: "Parece que no coronario". Pero a las 7.30 del día siguiente, tras volver a sufrir un fuerte dolor, tuvo que volver a Urgencias de San Jorge y se le detectó una disección en la aorta. Los médicos decidieron trasladarlo en una uvi móvil a Zaragoza, donde le operaron de urgencia y quedó ingresado en la UCI, pero tras surgir complicaciones, falleció el 1 de octubre.


Cuando la familia presentó su queja, el inspector del Salud encargado de elaborar el informe alegó que "una disección aórtica suele ser una situación mortal" y que la primera vez que acudió al hospital "nada hacía pensar en la gravedad" de su estado. Además, la DGA afirmaba que el aneurisma en la aorta "pudo producirse con posterioridad".


No obstante, añadía que en caso de ser condenada la Administración a indemnizar a la familia, "su única responsabilidad sería un pequeño retraso en el diagnóstico".


Pero el perito judicial dejó claro que el día de su primer ingreso el paciente mostraba "sintomatología con signos de gravedad que obligaba, una vez descartada la patología coronaria, a pensar en otras como la disección aórtica", así como mantener al enfermo ingresado y hacerle más pruebas. Al no hacerlo, "se perdió la oportunidad de un diagnóstico precoz y un tratamiento quirúrgico en mejores condiciones del que tuvo lugar al día siguiente". Fue precisamente esa demora la que propició la aparición de complicaciones y la mala evolución, añade.


A la vista de los hechos, el tribunal concluye que dicho retraso "de horas" genera la responsabilidad de la Administración, aunque reconoce que "si bien no se puede aseverar que el triste desenlace se podía haber evitado, estaba dentro de lo posible que la evolución hubiera sido otra".