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El juez absuelve a la profesora acusada de pinchar a una niña con un lápiz en Fraga

Argumenta que la maestra actuó de forma "imprudente" pero no puede tener castigo penal

La maestra del colegio concertado Santa Ana de Fraga que fue acusada por los padres de una niña de 7 años de pincharle con un lápiz en la mano hasta 14 veces ha sido absuelta por el Juzgado de Instrucción de Fraga de un falta de lesiones. El fallo considera que su actuación no puede castigarse penalmente sino que simplemente fue una respuesta "imprudente" cuya sanción correspondería en todo caso al ámbito civil o del centro educativo.


En la vista, la madre declaró que el 7 de octubre de 2008, al ir a buscar a su hija al colegio, esta le contó que estaba en clase haciendo un dibujo para otra compañera cuando la maestra se acercó hasta ella, le agarró de la mano y le pinchó con un lápiz causándole sangre. Añadió que ese mismo día fue al colegio para hablar con la profesora y que esta se disculpó argumentando que "se había puesto nerviosa". Como consecuencia de ello, aseguró que su hija estaba afectada emocionalmente y que necesitaba clases de apoyo escolar en una academia ya no se atrevía a volver al colegio.


Por su parte, la profesora, defendida por el letrado Carlos Castillo, ofreció otra versión. Afirmó que aquel día una alumna se acercó a ella hasta en cuatro ocasiones quejándose de que la niña de 7 años le estaba pinchando con el lápiz. Aunque le dijo que dejase de molestar a su compañera, siguió pinchándola por lo que se dirigió a su mesa, cogió un lápiz "con la punta hacia arriba" y le punteó la mano diciéndole "¿ves? esto molesta", para que reflexionara sobre su comportamiento.


El juez argumenta que a la vista de las distintas pruebas, no ha quedado acreditado que la profesora causara las heridas apreciadas por la médico-forense en su informe, el cual sí evidenció "lesiones superficiales en el dorso de la mano izquierda" que necesitaron para su curación tratamiento analgésico durante 15 días. En este sentido, añade que las mera existencia de dos hipótesis distintas sobre lo sucedido aquel día en clase "obliga" ya a absolver a la denunciada "con independencia de la credibilidad de una u otra".


No obstante, el fallo incide en que aun aceptando que la maestra "punteó" con un lápiz la mano de la menor, no se aprecia que tuviera intención de lesionarla ni de menoscabar su integridad física. "Lo único que se produce es la intervención de una profesora ante el mal comportamiento de una alumna con otra para corregirlo", indica. En este sentido, el juez reconoce que la actuación de la profesora podrá "reprocharse o no" desde criterios puramente docentes, "pero ello excede en todo caso la esfera puramente penal".


Así, la sentencia reserva la posibilidad de que la denunciante reclame una indemnización por vía civil a la profesora o al colegio como responsable subsidiario y ejerza cuantas acciones crea oportunas ante la Administración.