HUESCA

Un juez avala la sanción disciplinaria impuesta a una alumna de Secundaria

El juzgado ve un defecto de forma al aplicar el correctivo, pero legitima las razones esgrimidas por el instituto Sierra de Guara.

La sanción impuesta a una alumna de 4º de ESO del instituto Sierra de Guara de Huesca ha acabado en los tribunales. El Juzgado Contencioso-Administrativo falló esta semana que la expulsión del centro 21 días por una falta de indisciplina, al abandonar el hotel en un viaje de estudios, fue "proporcionada", aunque estima parcialmente el recurso presentado por el padre por un defecto de forma en cuanto al plazo de ejecución del correctivo.


Educación no recurrirá el fallo, que "nos da la razón, salvo en un punto". El director provincial, Guillermo Iturbe, destacó que es un caso excepcional que una sanción disciplinaria acabe en un proceso judicial.


Los hechos se remontan a abril de 2007, durante el viaje a París organizado por el departamento de francés para los alumnos de la sección bilingüe. La alumna y dos compañeras abandonaron el hotel de madrugada, "para fumar un cigarro", según manifestó la primera. La escapada se conoció porque les robaron los bolsos, donde portaban los móviles y la documentación.


21 días sin ir a clase


El centro lo consideró un acto de indisciplina "grave" que perturbó el desarrollo del viaje y que además puso en riesgo la integridad de las chicas. El expediente acabó con la suspensión del derecho de asistencia al centro durante 21 días, tiempo en que sí podía asistir a las actividades de evaluación y recibir la orientación de sus profesores. Siete días los cumplió como medida provisional y el resto entre el sábado 19 de mayo y el viernes 1 de junio. La sanción fue ratificada por la dirección provincial el 25 de mayo.


Contra este acuerdo, el padre interpuso un recurso en el Juzgado Contencioso-Administrativo. Alegaba que no se perturbó el viaje ni hubo perjuicios para la integridad de los alumnos, y que además se discriminó a su hija respecto a las otras dos sancionadas, ya que a éstas se les levantó la suspensión. Y, sobre todo, que se ejecutó la sanción antes de agotar la vía administrativa.


Pero el juez comparte "en lo esencial" las razones del abogado del Gobierno de Aragón, entendiendo que el abandono del hotel durante un viaje al extranjero constituye "un evidente acto de indisciplina que ocasionó una perturbación grave en el normal desarrollo de las actividades".


El magistrado añade que aunque la alumna no es propiamente culpable del delito que sufrió (el robo), su conducta propició "verse en circunstancias que conllevaron un trastorno evidente a los profesores", que debieron denunciarlo, "contribuyendo a complicar el viaje de estudios, que ya se había visto muy condicionado por una enfermedad grave de una alumna". La misma tarde una chica fue hospitalizada de urgencia y dos profesores tuvieron que atenderla, mientras que un tercero se quedó a cargo del resto.


El magistrado también da la razón a la Administración en cuanto a que "estuvo en juego la salud de la propia joven expedientada" porque la desobediencia a sus profesores propició que padeciera una conducta delictiva.


El juez no da valor al arrepentimiento aducido en el recurso, porque se produjo a raíz del expediente y la petición de disculpas "no fue tomada como tal por el destinatario en función de la forma en que fue formulada". En cuando a la discriminación respecto a las otras dos chicas que salieron del hotel, entiende que, a la vista de la declaración de los profesores, "no fue idéntica la actitud y disposición de las alumnas involucradas en estos incidentes".


Sin vuelta atrás


No obstante, el magistrado entiende que se violó el procedimiento administrativo, porque la sanción debió comenzar a ejecutarse después de su ratificación por la dirección provincial. Así estima parcialmente el recurso y anula el acto administrativo impugnado. La dirección provincial de Educación entiende que "ya no se puede volver atrás" porque las sanciones caducan con el curso.