PRISIONES

El Supremo exige informar de sus derechos a los presos cada vez que cambien de cárcel

El Alto Tribunal ha confirmado una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que dio la razón a un recluso trasladado a la cárcel de Daroca desde otro centro y a quien la dirección de la prisión solo facilitó las normas de régimen interior.

El Tribunal Supremo ha establecido que la Administración tiene la obligación de informar sobre sus derechos y deberes a los reclusos que así lo soliciten cada vez que sean trasladados de prisión y no solo en el momento de su primer ingreso en un centro penitenciario.


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal se ha pronunciado así en una sentencia que confirma una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que dio la razón a un recluso trasladado a la cárcel de Daroca (Zaragoza) desde otro centro y a quien la dirección de la prisión sólo facilitó a su llegada las normas de régimen interior.


La Abogacía del Estado recurrió la resolución del TSJM argumentando que la Ley General Penitenciaria obliga a informar por escrito a los presos "a su ingreso", entendiendo por tal "el momento de su entrada en prisión (...), no cuando puedan ser trasladados a un centro penitenciario diferente".  "Cuando tal cosa ocurra no 'ingresan' en prisión en los términos genéricos que sigue la norma que se considera vulnerada", añadía el representante de los servicios jurídicos del Estado.


El Supremo, sin embargo, se muestra de acuerdo con el TSJM y opta por hacer "una interpretación amplia del término 'ingreso', sin limitarlo a la circunstancia de que aquel proceda de una situación de libertad, de modo que tan solo cuando se ingresare en un centro penitenciario directamente, esto es, sin provenir de otro centro, la Administración habría de hacerle entrega de dichas normas".


"Entendemos, antes bien, que también cuando el interno proceda de otro centro y sea objeto de traslado, sin la exigencia de que alegue su extravío u otra razón similar, podrá obtener si lo solicita la normativa que recoge sus derechos, deberes y procedimientos para ejercerlos", añade el tribunal.


El TSJM había señalado en su sentencia, en el mismo sentido, que la exigencia a la Administración no deriva solamente de la normativa aplicable, "sino porque cabe la posibilidad de que, dado el tiempo transcurrido por el interno en otra u otras prisiones, los mecanismos para interponer quejas o reclamaciones o el catálogo de derechos hayan sufrido alguna modificación relevante".


De este modo, los reclusos podrán reclamar con cada traslado que, además de las normas de régimen interior del nuevo centro, les sea entregado un folleto informativo general sobre sus derechos y deberes, las normas disciplinarias y los medios para formular peticiones, quejas o recursos.