Aragón es la novena comunidad con menos pobreza severa y la segunda con las ayudas de urgencia más elevadas

Casi 86.300 aragoneses, un 6,5% de la población de la Comunidad, sufren carencias económicas graves y la cuantía media de las ayudas de emergencia que se conceden es de 1.346 euros.

Reparto de comida a personas necesitadas en Las Fuentes de Zaragoza, por la asociación de vecinos Civitas
Reparto de comida a personas necesitadas en Las Fuentes de Zaragoza, por la asociación de vecinos Civitas
Guillermo Mestre

En Aragón hay 86.207 personas en situación de pobreza severa, que no pueden pagarse carne o pescado cada dos días, que no llegan a sufragar la calefacción o que han tenido retrasos para hacer frente a los gastos de la vivienda principal. Una situación que afecta al 6,5% de la población de la Comunidad, que en el panorama nacional es la novena con menos habitantes que sufren estas carencias económicas graves. Al mismo tiempo, Aragón es la segunda en cuanto a la cuantía de las ayudas de emergencia concedidas a cada perceptor por los ayuntamientos y comarcas, con una media de 1.346,33 euros de media al año, muy por encima de la española, que se sitúa en tan solo 172,67 euros.

Estos son algunos de los datos referidos a Aragón divulgados este viernes por la Asociación Estatal de Directores y Gerentes en Servicios Sociales en un informe sobre las ayudas de emergencia social durante 2021. Los territorios con un mayor porcentaje de población pobreza severa son Canarias, con un 15% de la población afectada; Andalucía, con el 10% de sus habitantes en esta situación y Murcia, que muestra un porcentaje del 10,2%. Navarra y el País Vasco, con porcentajes del 3,4% y del 4,6%, son las mejor posiciones en este balance.

Uno de los capítulos en el que mejor parado sale Aragón es la cuantía de estas subvenciones de urgencia, ya que las diferencias entre regiones son notables. Murcia, que arroja una cifra de 3.622,13 euros por beneficiario al año, es la que concede más dinero por beneficiario, seguida de Aragón con 1.346,33 euros, que está en la línea de Castilla-La Mancha (1.086,71 euros), Galicia (1.219,21) y Asturias (1.007,28). Los autores del estudio destacan los 75,5 euros de media en Andalucía o los 87 euros de la Comunidad de Madrid.

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Por el contrario, la fotografía no es tan positiva si se fija uno en la cobertura, el porcentaje de personas con carencias materiales severas que reciben estas ayudas de urgencia, un 5,14%, es decir, 4.435. No obstante, hay que tener en cuenta que este dosier no abarca otro tipo de prestaciones como son el Ingreso Mínimo Vital (IMV), que a finales del año pasado llegaba a 40.917 beneficiarios, o la prestación aragonesa complementaria. 

En cualquier caso, estas ayudas para atender a las necesidades más básicas alcanzaron a nivel nacional a un 40,2% del total de las personas con graves dificultades materiales. Hay grandes diferencias por territorios en esta cobertura. Hay una Comunidad, La Rioja, en la que el número de perceptores (21.386) es superior al de personas con dificultades materiales graves (16.626); o Cataluña, con una cobertura del 71,48%. En el extremo contrario se encuentran Cantabria con un 0,12%, Murcia, con un 0,09% o Galicia que solo alcanza al 1,81%.

"Las ayudas de urgencia no deben ser tratadas como una subvención"

La Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales denuncia que aunque son muchas las entidades locales que han incrementado sus presupuestos destinados a ayudas de urgente necesidad en los dos últimos años, los "procedimientos burocráticos y la rigidez de las intervenciones municipales" limitan el acceso o retrasan el cobro, y, por tanto, la eficacia de las ayudas. Hay ayuntamientos, aseguran, que pueden tardar hasta dos meses en darla y los potenciales usuarios se encuentran con trabas a la hora de justificarlas.

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El presidente de la asociación, José Manuel Ramírez, defiende que es "imprescindibley urgente" modificar la norma "para que no sean tratadas como una subvención" y "vincular su concesión y pago a procedimientos ágiles basados en la prescripción social facultativa del profesional de referencia de los servicios sociales".

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