política

La Justicia rechaza la suspensión del congreso del PAR

Descarta la medida cautelar solicitada por el crítico Miguel Ángel Gorbe al entender que la aprobación del reglamento del cónclave no vulnera los estatutos del partido.

Los aragonesistas Elena Allué y Arturo Aliaga, este viernes, en las Cortes.
Imagen de archivo de Elena Allué y Arturo Aliaga, que este fin de semana se disputarán la presidencia del PAR.
José Miguel Marco

La incertidumbre que pesaba sobre la celebración del congreso del PAR este fin de semana se acaba de despejar. El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Zaragoza ha rechazado este jueves la suspensión cautelar que solicitó el abogado Miguel Ángel Gorbe, uno de los dos críticos que llevó a los tribunales el reglamento del cónclave por entender que vulnera la ley de Partidos y los estatutos de la formación. Además, le condena al pago de las costas procesales.

En el caso de la misma medida solicitada en otro juzgado por vulneración de derechos fundamentales, planteada por el también crítico Xavier de Pedro, la celebración de la vista se ha fijado para el próximo día 28.

De este modo, los 489 militantes que finalmente han sido elegidos podrán decidir por votación secreta el sábado por la tarde quién liderará el partido durante los próximos cuatro años, ya sea el actual presidente del PAR y vicepresidente de la DGA, Arturo Aliaga, o la directora general de Turismo, Elena Allué, que este mediodía presentará su lista de renovación.

En el auto, la magistrada Eva María Chesa destaca que el propio denunciante ha sido elegido compromisario del congreso y que la defensa del partido ha acreditado que no es la primera vez que se modifica el sistema de elección, en referencia a la decisión de nombrar 24 delegados entre alcaldes militantes. “En los reglamentos que rigieron anteriores congresos también se establecían categorías de compromisarios que no suponían una auténtica igualdad entre todos los militantes”, señala.

Como ejemplo, en el auto apunta a los cupos de elección asignados al Rolde Choben o para los militantes que residen fuera de Aragón en anteriores congresos “sin que entonces se impugnaran dichos reglamentos”.

La magistrada señala que no consta en toda la documentación aportada que la comisión ejecutiva no haya respetado el procedimiento para aprobar el reglamento “en los términos establecidos en los estatutos”, así como tampoco resulte contrario a la propias normas del PAR.

Además, advierte de que el denunciante no ha agotado las vías internas del partido. En este sentido, apunta que “únicamente” ha presentado su recurso ante el Defensor del Militante, sin referirse a si era posible presentar una queja ante un órgano superior del partido, “como puede ser el Consejo Territorial”. 

En el auto también resalta que el propio partido se ha opuesto a la suspensión cautelar y está dispuesto a “arriesgarse”, dado que en el caso de que finalmente se anulara el reglamento “podría dar lugar a la nulidad de los acuerdos tomados en dicho congreso”.

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