La nueva normativa de zonas inundables obliga a reubicar infraestructuras y carpas

El reglamento especifica que están vetados depuradoras o cámpines a orillas de los ríos y limita la construcción de colegios, centros sanitarios y residencias.

La imagen de la Carpa del Ternasco junto al Ebro no se repetirá las próximas fiestas del Pilar.
La imagen de la Carpa del Ternasco junto al Ebro no se repetirá las próximas fiestas del Pilar.
Julián Fallas

La reciente modificación de la normativa estatal para construir a orillas de los ríos ya ha tenido sus primeros efectos en Aragón. La Carpa del Ternasco para las fiestas del Pilar o la depuradora del municipio turolense de Aguaviva, que no se podrán instalar en sus ubicaciones previstas, son dos ejemplos claros de la repercusión de las limitaciones establecidas por el Ministerio de Medio Ambiente con el objetivo de "garantizar la seguridad de las personas y los bienes". De esta forma, el reglamento detalla ahora las actuaciones que quedan restringidas en zona inundable, y que abarcan desde la construcción de colegios, hospitales o residencias de mayores y discapacitados hasta la ubicación de acampadas.

No obstante, desde la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) recuerdan que en el caso de los cámpines ya era "clara y meridiana" la prohibición de pernoctar en zona de flujo preferente (aquella donde se pueden producir graves daños en una avenida de 100 años de periodo de retorno) por la dificultad de evacuación en caso de crecida súbita del caudal. En este tipo de instalaciones, la competencia para conceder la autorización es del Gobierno de Aragón, aunque el organismo de cuenca debe emitir un informe previo. La riada del Ésera, de la que ayer se cumplieron cuatro años y que arrasó el campin de Castejón de Sos, volvió a evidenciar la necesidad de extremar la vigilancia sobre una actividad considerada "vulnerable". De hecho, la CHE rechazó su reapertura en el mismo lugar.

Equipamientos "sensibles"

La modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que entró en vigor el pasado 30 de diciembre, también pone especial énfasis en salvaguardar servicios o equipamientos "sensibles", entre los que cita gasolineras y depuradoras, ya que el arrastre de sus vertidos puede afectar a la salud humana y al medio ambiente. A la vista de las nuevas restricciones, desde el Gobierno de Aragón explican que se ha tenido que buscar un emplazamiento alternativo al previsto por el Ayuntamiento de Aguaviva, próximo al cauce del río Bergantes, para la depuradora. Se pretendía no tener que bombear el agua, lo que simplificaba el proyecto y ahorraba costes de explotación, pero al hallarse en zona inundable, ha habido que trasladar la ubicación de la planta.

Mientras, el Ayuntamiento de Zaragoza sigue tratando de convencer a la CHE para que le permita volver a instalar la Carpa del Ternasco junto a Helios y el puente de Santiago sobre el Ebro. Argumenta que solo estaría montada nueve días, pero el organismo de cuenca se remite al nuevo punto de la normativa que hace referencia a infraestructuras "donde puedan darse grandes aglomeraciones de población", como ocurre en este escenario festivo.

Desde la Confederación aclaran que ni en el caso de la depuradora de Aguaviva ni en el de la carpa se llegó a emitir informe desfavorable, sino que en consultas previas de los técnicos de la DGA y del Ayuntamiento Zaragoza ya se descartó que pudieran obtener autorización. Señalan que la aplicación del nuevo reglamento es "tajante" para "evitar cualquier posible riesgo".

Las mismas fuentes puntualizan que la reciente modificación del reglamento "no cambia absolutamente la normativa", sino que "la matiza y concreta". "Aunque los expedientes solían ir en la misma línea, ahora las herramientas para el tramitador son más claras", añaden.

En este sentido, y a la vista de las experiencias de riadas anteriores, se especifica que en las zonas inundables, incluso en suelo urbanizado, se evitará, "en la medida de lo posible", ubicar infraestructuras públicas "esenciales", como hospitales, centros escolares, residencias, grandes superficies comerciales, prisiones o parques de bomberos.

Algunas excepciones

Eso sí, las condiciones se suavizan para los municipios con más de un tercio de su superficie en zona de flujo preferente o con un territorio cuya morfología no les permita crecer hacia áreas no inundables, situación en la que se hallan numerosas localidades aragonesas, entre ellas muchas de la ribera del Ebro. Allí, se podrían instalar servicios públicos e infraestructuras "sensibles" si se demuestra que no hay otra alternativa, y siempre que no ocupen la zona de policía (100 metros de anchura a cada lado del cauce) y no se incremente significativamente el riesgo de inundación ya existente.

Por lo que respecta a las viviendas, el reglamento obliga a situarlas a una cota tal que no se vean afectadas por una avenida con periodo de retorno de 500 años, un escenario extremo que se asocia a las zonas con una probabilidad baja o excepcional de sufrir una inundación. Para poder disponer de garajes subterráneos y sótanos, habría que garantizar su estanqueidad.

En todos los casos, el promotor de una edificación debe suscribir una declaración responsable en la que exprese "que conoce y asume el riesgo existente y las medidas de protección civil aplicables", además de comprometerse a informar de ello a todos los posibles afectados.

En este sentido, la CHE subraya que los cambios introducidos van dirigidos "a la toma de conciencia de quien hace la petición, porque entre otras cosas tiene que redactar una declaración responsable de que está en zona inundable". No en vano, subrayan, la modificación de la normativa también tiene como objetivo "fomentar la autoprotección y la conciencia de los riesgos, como obliga la Directiva Marco de Inundaciones".

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