Miles de aragoneses presentarán la renta a partir de hoy de manera telemática

La Agencia Tributaria ha eliminado el programa Padre. La incorporación de este año es la tributación de la devolución de las cláusulas suelo.

Portal de la Renta de la Agencia Tributaria.
Portal de la Renta de la Agencia Tributaria.

Este miércoles comienza la campaña de la Renta, la primera en la que no existirá el programa Padre, y miles de contribuyentes aragoneses tendrán que presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) antes de que se termine el plazo: el 30 de junio. Aunque la Agencia Tributaria todavía no ha hecho una previsión respecto al número de personas que la presentarán ni el dinero que se va a devolver en Aragón, estas cifras serán similares a las de años anteriores. Según los datos facilitados por la propia entidad, el año pasado se presentaron alrededor de 696.000 declaraciones (entre individuales y conjuntas) y se devolvió casi 315 millones de euros.

Este año, las declaraciones del IRPF ya incluyen los cambios de la última reforma fiscal realizada por el Gobierno de Aragón en 2016. En este caso, las rentas de hasta 34.000 euros no sufren casi variaciones, mientras que el verdadero cambio se percibe entre aquellos cuyos ingresos anuales son superiores. En concreto, la escala que determina el gravamen ha pasado de tener cinco tramos a diez, lo que ha provocado que algunos tipos impositivos hayan crecido hasta el 25% (antes el máximo era 21,5%).

Gravamen de Aragón en la Renta 2016

La principal novedad de este año es que el IRPF ya no se puede presentar con el programa Padre. El año pasado ya se puso en marcha de manera bastante generalizada el programa Renta Web, que a partir de ahora será casi la única forma de hacer todo el papeleo (a excepción de la petición de cita en la sedes de la Agencia Tributaria). También existe la posibilidad de utilizar este programa, imprimir el documento, y presentarlo en papel.

Para utilizar Renta Web se necesita la casilla 440 de la declaración de 2015, el certificado electrónico o la cl@ve pin (sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos mediante un usuario y una contraseña). Una vez dentro es importante verificar que todos los datos son correctos, modificar aquellos en los que haya algún equívoco y, posteriormente, se puede enviar directamente por internet.

Este año también se abre la posibilidad de rectificar la declaración presentada. Si el contribuyente declaró algún dato de manera indebida, como por ejemplo, olvidó alguna deducción a la que tenía derecho, la Agencia Tributaria ha incorporado un nuevo apartado en el que se puede solicitar la rectificación de autoliquidaciones antes del 30 de junio. Si, por el contrario, los errores perjudican a Hacienda, los cambios deben regularizarse mediante la presentación de una declaración complementaria, a través de Renta Web. En ambos casos, el proceso es más sencillo y rápido que antes, cuando era obligatorio presentar un escrito a Hacienda solicitando esta rectificación.

Por su parte, los contribuyentes que prefieran presentar la declaración de manera presencial podrán solicitar la cita previa desde el 4 de mayo para acudir a las oficinas a partir del 11 de ese mismo mes. El plazo máximo de presentación de declaraciones en ambos casos es el 30 de junio, salvo si se quiere domiciliar el pago, cuya fecha límite se adelanta al 26 de junio.

Según figura en la página web de la campaña, están obligados a presentar su liquidación de impuestos aquellos trabajadores que hayan ingresado más de 22.000 euros en 2016, siempre que sean de un único pagador o cuando las cantidades abonadas por el segundo y restantes pagadores no excedan los 1.500 euros.

Además de la generalización del programa Renta Web, otra de las novedades de este año es la habilitación del mecanismo para regularizar la tributación de la devolución de las cláusulas suelo de las hipotecas que los contribuyentes hayan cobrado en 2016. Fundamentalmente se trata de devolver la parte correspondiente a la deducción por compra de vivienda habitual sin intereses de demora ni penalización, para lo que los afectados tendrán que rellenar las casillas 524 y 526 de la declaración

Patrimonio

En lo relativo a la liquidación del Impuesto sobre el Patrimonio, la comunidad aragonesa también presenta un ligero cambio. En concreto, este está relacionado con la reducción por mínimo exento. Por regla general, si la comunidad no regula esta cuestión, el importe del mínimo exento aplicable en 2016 es de 700.000 euros. Sin embargo, Aragón es una de las comunidades que decidió regularlo hace años y en 2016 lo volvió a modificar. Mientras que en la liquidación realizada el año pasado, esta cuantía ascendía a los 500.000 euros, en la de este disminuye hasta los 400.000, por lo que la reducción aplicable es bastante menor a la que se realiza a nivel general en el país.

Fechas clave

La campaña se extiende este año desde el 5 de abril hasta el 30 de junio. A partir del 5 de abril se pueden pedir y confirmar los borradores a través de internet. Desde el 4 de mayo se puede pedir cita para hacer la declaración o modificar los borradores en las oficinas de la Agencia Tributaria. El 11 de mayo se inicia la atención presencial en oficinas. El 26 de junio es el último día que se pueden presentar declaraciones con domiciliación bancaria. El 30 de junio finaliza la campaña. Los contribuyentes cuya declaración salga a pagar tienen hasta el 6 de noviembre para realizar el pago del segundo plazo de la cuota del impuesto.

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