La Junta de Contratación avisa a la DGA de que no puede primar a las empresas aragonesas

El Gobierno anunció que favorecería a firmas locales, pero el pacto alcanzado con Podemos resulta "discriminatorio". Tampoco puede aplicar cláusulas sociales comprometidas.

La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón emitió el pasado día 4 un informe, a instancias de la DGA, sobre la posibilidad de incorporar las cláusulas sociales reclamadas por Podemos y asumidas por el PSOE.
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón emitió el pasado día 4 un informe, a instancias de la DGA, sobre la posibilidad de incorporar las cláusulas sociales reclamadas por Podemos y asumidas por el PSOE.
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Ni favorecer a las contratistas de obra pública de Aragón ni a las empresas que garanticen condiciones laborales dignas o sueldos iguales entre hombres y mujeres. La Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón ha advertido al Gobierno PSOE-CHA de que no podrá cumplir sus compromisos pactados con Podemos porque, de otra forma, se estará saltando la ley y la jurisprudencia que hay al respecto. Así se puede resumir el informe que la Consejería de Hacienda le encargó hace dos meses a este órgano integrado por especialistas en contratación de la propia administración, de las contratistas y de la Universidad de Zaragoza, que limita la adopción de cláusulas sociales y medioambientales únicamente en caso de empate. Pero recuerda que esta casuística apenas se ha dado en la realidad.


El informe, fechado el día 4, deniega a lo largo de sus 23 folios cualquier posibilidad de "incorporar" las nuevas condiciones para la contratación, incluidas en el decálogo firmado por el PSOE con Podemos para garantizar la investidura de Javier Lambán como presidente. No obstante, el pacto ya recogía expresamente que en caso de que hubiera salvedades jurídicas de la Junta Consultiva se promoverán las modificaciones preceptivas en la legislación española y europea. En este campo aún no se ha avanzado nada.


Especialmente rotundo es el informe a la hora de descartar cualquier posibilidad de incluir como criterio que las adjudicatarias tributen o repercutan los beneficios del contrato en el territorio aragonés. Así, señala que el Derecho europeo pretende asegurar "la transparencia, la objetividad y la no discriminación", de modo que se puedan comparar las ofertas que favorezcan o posibiliten la economía de escala, "a fin de conseguir la oferta económicamente más ventajosa, respetando el principio de igualdad de trato".


LaJunta Consultiva resalta que primar a las empresas aragonesas supondría una cláusula "directamente discriminatoria" y limitaría el principio de concurrencia. "Idéntica conclusión se alcanza al analizar la posibilidad de incorporar esta circunstancia como condición especial de ejecución del contrato", añade.


Ante esta situación, la Consejería de Obras Públicas valorará en la licitación millonaria para la conservación de la red autonómica de carreteras el hecho de que los licitadores dispongan de un centro de explotación, "con maquinaria y personal", próximo al sector al que opte. De este modo, se favorecerá a las empresas locales, aunque sin discriminar, ya que igualmente se puntuará a catalanas o valencianas que tengan un complejo próximo a la zona de Aragón que pugnen por conservar.


La Junta Consultiva también recuerda que no es la primera que se ha pronunciado sobre la posibilidad de incluir en los pliegos cláusulas que, por ejemplo, favorezcan la contratación con empresas que mantengan una paridad salarial entre sus trabajadores, sin discriminación de sexo. Así, especifica que la propia Comisión Europea incide en que el objeto del contrato "no puede definirse de tal forma que el acceso a éste quede restringido a empresas nacionales, en detrimento de los licitadores de otro Estado [...] o cuando produzca un efecto discriminatorio entre los candidatos".


De hecho, apostilla que solo cabe hacerlo en razón de los "específicos objetivos sociales perseguidos", poniendo como ejemplo incorporar criterios de comercio justo si la contrata consiste en explotar un servicio de ‘vending’ de comercio justo.


El órgano consultivo también aclara que "no es posible" establecer "derechos preferentes" a favor de determinados colectivos, por lo que solo se podría aplicar en caso de desempate. En este caso, sí se podría beneficiar a cooperativas, sociedades laborales, empresas de carácter social o a aquellas que contraten en condiciones laborales no precarias o garanticen sueldos iguales.


También abre la puerta a hacerlo en los contratos menores, pero deja bien claro que harían falta "trámites procedimentales adicionales" sobre los legalmente establecidos.Nuevas promesas

En el observatorio de seguimiento del pacto PSOE-Podemos han salido a relucir las severas restricciones legales, por lo que desde la DGA se trasladaron nuevas promesas. Así, se ha comprometido a llevar en cinco meses a las Cortes una modificación de la Ley de Contratos de Aragón para incluir a las cooperativas en la lista de organizaciones a las que puede reservar el derecho de participación en determinados contratos de servicios sociales, culturales y de salud, tal y como permite la última directiva europea, de 2014. Igualmente, promete incrementar la reserva social de contratos a centros especiales de empleo y empresas de inserción.

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